Ayuda a la Infancia: así pueden conseguir 1.400 euros por hijo estas familias
Te contamos quién puede acceder a esta subvención y los requisitos que hay que cumplir
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación no contributiva de la Seguridad Social diseñada para garantizar unos ingresos mínimos a las personas y familias que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica, con el objetivo de prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social. La cuantía de esta ayuda se determina en función de la composición del hogar y se ajusta anualmente para adaptarse a las necesidades de los beneficiarios.
En 2024, el IMV ha experimentado un aumento del 6,9% en sus cuantías, por lo que las familias necesitadas verán cómo aumenta esta ayuda.
¿Quién puede recibir el IMV?
El IMV está dirigido a unidades de convivencia que demuestren vulnerabilidad económica y no superen los límites de ingresos y patrimonio establecidos. Las unidades de convivencia pueden estar formadas por personas unidas por vínculos familiares, matrimonio, parejas de hecho, o incluso unidades conformadas por víctimas de violencia de género o personas mayores de 65 años que no reciban pensiones por jubilación o no contributivas.
Para solicitar el IMV, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Residencia legal y efectiva. Los solicitantes deben residir legal y efectivamente en España y haberlo hecho durante un período continuado y previo a la solicitud.
- Unidad de convivencia. Se evalúan los ingresos y el patrimonio de la unidad de convivencia del solicitante.
- Situación económica. Se considera la situación económica del hogar, asegurándose de que los ingresos y el patrimonio no superen ciertos umbrales establecidos.
Cuantías del IMV en 2024
Las cuantías del IMV para 2024 varían según la composición del hogar, con importes específicos para hogares monoparentales y aquellos con miembros con discapacidad. Estas asignaciones, que se distribuyen mensual y anualmente, varían según la composición familiar. Por ejemplo, para un adulto solo, la cuantía mensual es de 604,38 euros, mientras que para un adulto con tres o más menores, asciende a 1.329,65 euros al mes.
Ayuda a la infancia de 1.400 euros
El IMV incluye un complemento de ayuda a la infancia destinado a familias con hijos menores de edad, con el objetivo de garantizar el bienestar de los menores y apoyar a las familias en su cuidado. Las cuantías de este complemento varían según la edad de los menores y la situación económica de la familia, con asignaciones anuales específicas para hogares con ingresos bajos.
Del mismo modo, las familias solicitantes no pueden sobrepasar un límite de rentas y de patrimonio. Los requisitos específicos son los siguientes:
- Pertenecer a una unidad de convivencia con uno o más menores de edad.
- Los ingresos de la unidad de convivencia no deben superar el 300% de los umbrales establecidos en la escala de incrementos para el cálculo de la renta garantizada según el tipo de unidad de convivencia.
- El patrimonio neto de la familia no debe exceder el 150% del límite fijados en la escala de incrementos para el cálculo del límite de patrimonio aplicable según el tipo de unidad de convivencia.
- Cumplir con el test de activos, establecido en 6 veces la renta garantizada para un adulto, con una escala de incrementos igual a la del límite de rentas según el tipo de unidad de convivencia.
Para cada uno de estos supuestos existe una tabla en el que se muestran las diferentes cuantías y que puedes consultar en la página web de la Seguridad Social pinchando aquí.
Así, la cuantía de la ayuda para menores con edades entre 0 y 3 años es de 1.380 euros al año (115 euros al mes); 966 euros anuales serán para las familias que tengan niños entre 3 y 6 años (80,5 euros mensuales) y 690 euros anuales para niños a partir de seis años y hasta los 28 (57,5 euros al mes).
Este complemento de ayuda a la infancia se recibe automáticamente si ya estás cobrando el IMV, pero también pueden solicitarlo familias que no se hayan acogido a estas ayudas y que cumplan con los requisitos establecidos para la misma.
Para tener acceso a la prestación se puede rellenar el formulario del IMV en la sede electrónica de la Seguridad Social pinchando aquí.
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