Aragón
La banda del Badoo deja de serlo para el TSJA, que confirma los 34 años de cárcel
El tribunal les absuelve del delito de pertenencia a organización criminal | Los magistrados validan la condena por el crimen del vecino de Getxo en Pedrola
L. M. G.
Hedangeline Candy Arrieta, Mohamed Achraf y José Antonio Meléndez secuestraron, torturaron y desplumaron a un vecino de La Almunia de Doña Godina, en 2019, tras engatusarlo en la red de contactos Badoo. Fue en el único asalto en el que actuaron los tres, puesto que Meléndez tuvo que regresar a la prisión en la que cumplía condena. De esta manera ni participó en el crimen del informático de Getxo ni en la agresión a un vecino de Tudela en la que se empleó el mismo modus operandi. Una circunstancia que les ha ayudado a rebajar ligeramente la pena al considerarse que no formaron la conocida como banda del Badoo.
En concreto, los tres encausados pasan de una condena de 12 años y medio de cárcel que impuso la Audiencia de Zaragoza a otra de 10 años que ajusta el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) que revisó el recurso interpuesto por los abogados defensores, Carmen Sánchez Herrero, Luis Ángel Marcén e Ignacio Loyola. Se les considera autores de un delito de pertenencia a grupo criminal, pero el Alto Tribunal aragonés lo rechaza al aplicar jurisprudencia del Tribunal Supremo que afirma que no puede aplicarse cuando hay solo un acto delictivo, aunque al llevarlo a cabo se cometieran varios delitos. Los magistrados aseveran que se trata en realidad de un acto de codelincuencia.
Es el único punto que el TSJA tienen en cuenta en una sentencia condenatoria por secuestrar, robar y torturar a un camionero que vivía en La Almunia y que acudió con su coche a Luceni a buscar a una chica con la que había ligado en Badoo. Lo que no esperaba es que era todo una encerrona para quitarle todo lo que llevaba encima.
El TSJA también se pronuncia sobre la condena de 34 años de prisión a Hedangeline Candy Arrieta y Mohamed Achraf por hacer lo mismo que con la víctima de La Almunia, si bien dieron un paso más y le acabaron enterrando vivo en Pedrola. "Como pone de manifiesto la sentencia, se constata la existencia de una muerte violenta sin constancia de mecanismos de defensa", aseguran los magistrados del TSJA, que consideran "evidente" la agravante de ensañamiento ya que el enterramiento de la víctima se produjo cuando todavía estaba viva, "con pleno conocimiento por parte de los acusados, lo que le generó una muerte lenta y agónica a José Antonio Delgado Fresnedo".
En el fallo, los magistrados también rechazan las pretensiones de anular del juicio de la acusada, quien arremetió contra su abogado hasta ahora en la causa.
Dos condenas a las que falta una tercera por la víctima que viajó desde su Tudela natal a Luceni y que también fue agredido brutalmente para desplumarle. Por este la Fiscalía propuso condenas de 12 años y 9 meses. La acusación particular, que ejercen los letrados José Cabrejas y Cristina Gracia, pidió penas de 15 años de cárcel.
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