Anulado el juicio por una brutal agresión homófoba en Alicante donde se condenó por odio pero no por las graves lesiones

La Audiencia ordena que otro magistrado vuelva a juzgar a los tres acusados que al grito de «maricones de mierda, os vamos a matar» salieron corriendo detrás de tres hombres, uno de los cuales fue salvajemente apaleado 

Los acusados mayores el día que fueron juzgados por estos hechos a finales de 2021.

Los acusados mayores el día que fueron juzgados por estos hechos a finales de 2021. / Rafa Arjones

Mercedes Gallego

Mercedes Gallego

 Tres condenados por odio por una brutal agresión homófoba perpetrada en la zona del Tossal de Alicante en febrero de 2021 volverán a sentarse de nuevo en el que banquillo. Lo harán para responder de las graves lesiones que sufrió una de las tres víctimas de aquella salvaje acción y por las que fueron absueltos en el primer juicio celebrado por estos hechos hace dos años.

El fallo fue recurrido por la acusación pública y por la particular, que en nombre de la víctima que no pudo librarse de los golpes ejerce el letrado José Francisco Barragán. La Audiencia de Alicante ha estimado sus argumentos y ha anulado ahora parcialmente la sentencia. 

Sin tocar el año de prisión al que fueron condenados por el odio, un tribunal de la sección Décima ha resuelto declarar la nulidad del fallo en la parte que les absuelve de los delitos de lesiones leves y agravadas, robo con violencia en grado de tentativa y coacciones leves, cargos de los que también estaban acusados.

La resolución, de la que ha sido ponente la magistrada Margarita Esquiva, acuerda la celebración de una nueva vista oral por estos delitos con un magistrado diferente al concluir que la valoración de la prueba por parte del primer juez «no es lógica en cuanto a la no apreciación de la coautoría como concierto de los acusados para, además de amedrentar o menospreciar a los homosexuales, agredirles». 

«La valoración probatoria no es lógica en cuanto a la no apreciación de la coautoría como concierto de los acusados para, además de para amedrentar o menospreciar a los homosexuales, agredirles», dice la sentencia de la Audiencia

El magistrado Eugenio Alarcón, el mismo que absolvió al exalcalde de Alicante Luis Díaz Alperi de tres delitos fiscales en una sentencia duramente cuestionada aunque confirmada por la Audiencia, vio probado que los condenados se citaron con otros chicos (nueve de ellos menores, que se declararon culpables de la agresión y fueron juzgados y condenados el año pasado) para «molestar y generar temor a homosexuales». 

Con esa intención se dirigieron a tres hombres que se encontraban en la zona del Tossal «a los que increparon y persiguieron» (hay imágenes de una cámara de seguridad que así lo atestiguan), pero sin que considerara acreditado que esos mismos jóvenes que salieron corriendo y armados detrás de ellos «fueran algunos de los individuos que persiguieron al agredido hasta darle alcance, ni que le agredieran con un puñetazo en la cara, ni con golpes propinados por un palo, ni de ninguna otra forma, ni que intentaran arrebatarle el teléfono móvil de sus manos», según recoge la resolución ahora parcialmente anulada. 

La grabación de la cámara de seguridad permite afirmar su actitud beligerante, aunque no tengan audio, viéndose a ocho jóvenes que corren y persiguen a tres personas con palos y tirando piedras», afirma la resolución

Para el magistrado, «que en la grabación se vea a un individuo con un palo, una barra o un objeto similar en la mano, puede ser sólo para generar temor en las víctimas (...) y que finalmente ese palo, u otro, se utilizara para agredirles, no permite extender a todos los miembros iniciales del grupo la intencionalidad de agredir ni de sustraer nada (también le intentaron robar el móvil)». 

Y agregaba que «tampoco la existencia de un grupo de Whatsapp del que formaban parte los acusados con otros individuos y las conversaciones reveladas en el mismo (donde hablan de si «hay algún gay por ahí» y «vamos a las ocho y llastá») constituyen prueba de un concierto previo entre ellos para agredir a homosexuales, sino que sólo muestra burla y menosprecio hacia los gays».

La Audiencia corrige al juez

La Audiencia corrige al juez Alarcón y precisa que «muy al contrario, el grupo de jóvenes, entre los que se afirma que están los tres acusados, les persiguieron a la carrera portando algunos de ellos palos y otros tirando piedras, como reconoce uno de los acusados y se ve en las grabaciones, produciéndose de hecho un resultado lesivo para una de las víctimas sin solución de continuidad, aunque ello ya no fue grabado por las cámaras». 

La Audiencia incide en que «en la coautoría no es necesario que todos los partícipes realicen los actos nucleares del tipo, pero sí los esenciales», sin albergar ninguna duda de que se trata de «una actuación grupal». Y coincide con las acusaciones en apreciar «arbitrariedad en los argumentos y razonamientos expuestos (por el juez) para expresar la duda sobre la existencia de un concierto previo de los acusados para los hechos que se sucedieron con posterioridad a increpar, insultar y amenazar». 

Al grito de «maricones de mierda, os vamos a matar», el ataque se perpetró con puñetazos, patadas y un palo. Al agredido le rompieron el fémur, el pómulo y la nariz, además de causarle daños en la mandíbula y múltiples contusiones. Todo ello sumado a un estrés postraumático que le ha provocado miedo a salir de casa y a estar solo en la calle.