Absuelto de abusar de una conocida durante una travesía en barco de Alicante a Tabarca

La Audiencia afirma que no hay pruebas que acrediten que el acusado mantuvo una relación sexual no consentida con la denunciante

El hombre absuelto, en el juicio celebrado en noviembre en la Audiencia de Alicante

El hombre absuelto, en el juicio celebrado en noviembre en la Audiencia de Alicante / JOSE NAVARRO

La Audiencia de Alicante ha absuelto a un hombre de 43 años acusado de haber abusado sexualmente de una mujer con la que compartió una travesía en barco desde el puerto de la capital alicantina hasta la isla de Tabarca junto a un grupo de conocidos, entre el 21 y el 22 de septiembre de 2018.

La sentencia, dictada por un tribunal de la Sección Tercera, considera que no existen pruebas suficientes para acreditar que pudo producirse una relación sexual no consentida, como sostenía la denunciante, ya que ni en la instrucción ni en el desarrollo del juicio se aportaron evidencias suficientes para corroborar su versión.

Así, la Audiencia Provincial concluye que "no consta probado que el procesado mantuviese relaciones sexuales" con la denunciante "sin previo consentimiento, tácito o expreso". En esta línea, entiende que "la ausencia de datos de corroboración periférica impide que el tribunal considere suficiente" el testimonio de la denunciante "como prueba de cargo".

Sobre todo, según añade, porque ella misma apuntó que "no recordaba si prestó su consentimiento" y solo indicó su "creencia" de que no había tenido contacto sexual porque nunca habría accedido a mantener una relación sin preservativo y no sentía ninguna atracción respecto al acusado.

Sumisión química

La resolución judicial detalla que los resultados de los análisis de orina que se realizaron cuando la denunciante acudió al servicio de urgencias de un hospital, a su regreso del viaje, descartan la presencia de "opiáceos", con lo que "no puede considerarse probada" tampoco la hipótesis de que quedase sometida a una situación de "sumisión química" por el vertido de alguna droga en su bebida, como la denunciante señaló en su declaración.

Por el contrario, ese análisis sí detecta la presencia de 1,17 gramos de alcohol por litro, sin que pueda determinarse el momento de su ingesta, aunque la misma sentencia constata que el acusado, la denunciante y los testigos que prestaron declaración en la vista relataron que todos bebieron cerveza y vino durante la travesía.

De igual modo, el tribunal añade que el procesado admitió en todo momento la relación sexual sin preservativo y mantuvo que fue consentida, sin negar el contacto. Esa versión contrastaría con la manifestada por la denunciante, sobre la que la Audiencia de Alicante reseña que "siempre ha dicho que tenía recuerdos vagos e imprecisos" sobre lo sucedido.

Por todo ello, la sentencia acuerda la libre absolución del procesado respecto a los delitos de abuso sexual y lesiones psíquicas que se le atribuían.