La mercantil que pugna por una finca a golpe de excavadora en Alicante exige casi medio millón a la otra parte para no querellarse por injurias

Gestipaulista S.L. y el marido de su administradora plantean a siete miembros de la familia Boluda y a su abogado que se retracten de lo que aseguran que han dicho sobre el presunto origen ilícito del dinero con el que habrían comprado la propiedad y que les indemnicen por lo que consideran un atentado a su honor en 60.000 euros cada uno

El cartel que ha colocado la mercantil Gestipaulista S.L. en el terreno en disputa, ubicado en la avenida Costa Blanca, 50 de Alicante.

El cartel que ha colocado la mercantil Gestipaulista S.L. en el terreno en disputa, ubicado en la avenida Costa Blanca, 50 de Alicante. / INFORMACIÓN

Mercedes Gallego

Mercedes Gallego

A los dos procedimientos civiles abiertos en sendos juzgados de Primera Instancia de la capital, y la disputa sobre el terreno a golpe de excavadora de la finca situada en la avenida Costa Blanca, 50 de Alicante, se une ahora la antesala de un nuevo proceso judicial, en este caso penal.

Gestipaulista S.L. y Juan Carlos B.T., marido de la administradora y única socia de la mercantil que pugna por la posesión de este terreno con la familia Boluda, han presentado solicitud para la celebración de un acto conciliación como paso previo a la interposición de una querella contra siete miembros de esta familia y su letrado, el abogado Alejandro Bas, por un presunto delito de injurias y calumnias.

"Alusiones de índole peyorativo"

Los demandantes sostienen que, en el marco de las disputas que por la posesión de estos terrenos se vienen sucediendo desde el pasado noviembre, los demandados habrían proferido «alusiones de índole peyorativo (relativas al supuesto origen ilícito del dinero con el que se habría comprado la propiedad) evidenciando un tono general de menosprecio con expresiones que implican descrédito y que afectan a su honra personal y profesional». Y añaden además párrafos de la demanda principal, como cuando se habla de «fraude registral». 

Como condiciones para no interponer la querella reclaman a los ocho demandados que «se avengan a reconocer que son inciertos los hechos imputados» a los demandantes.Y que en un plazo de cinco días contados desde del acto de conciliación, que está señalado para el 19 de abril, les indemnicen cada uno de ellos en 60.000 euros: 30.000 a Gestipaulista S.L. a través de su administradora, y otros 30.000 a Juan Carlos B.T. Total: 448.000 euros. 

 El conflicto tiene el epicentro en una finca de 4.000 metros ubicada en el Cabo de la Huerta que se están disputando los Boluda, quienes aseguran ser los propietarios y poseedores del terreno desde hace más de medio siglo, y Gestipaulista S.L., que afirma haberla comprado.  

Trabajos paralizados

Los trabajos de demolición que la mercantil ha iniciado en dos ocasiones en esta parcela se encuentran en estos momentos paralizados por orden judicial hasta que se resuelva el litigio. 

A juicio de la titular del juzgado de Primera Instancia número dos de Alicante, los demandantes (la familia Boluda) «cuentan con una apariencia de buen derecho de ser los poseedores del terreno discutido puesto que de la documentación aportada se aprecian unos indicios de probabilidad, de verosimilitud de su situación sobre la finca». 

Y añade que «los actos de despojo y destrucción de los elementos arquitectónicos (de los que se han aportado fotografías al juzgado) implican un peligro de que no se pueda cumplir la posible sentencia favorable a las pretensiones de la parte demandante, generando una situación que sea después difícil de revertir». 

Posesión, no titularidad

Para justificar la necesidad de las medidas cautelares en tanto se resuelve el fondo del asunto, la magistrada distingue entre el día 15 de diciembre, cuando anuló las prohibiciones dictadas un mes antes, y el 18, periodo en que no se llevó a cabo ningún trabajo en la finca, y a partir del día siguiente, martes 19, «cuando los demandados han vuelto a entrar el inmueble con una máquina para seguir demoliendo la piscina». 

Añade que por parte de Gestipaulista S.L. se aporta la memoria y la licencia municipal para los trabajos que la legitiman para actuar en el terreno pero, precisa, «no debemos olvidar que lo que se está discutiendo en el procedimiento principal es una petición de posesión, no la titularidad del inmueble», recoge el auto.