Absuelto de violar a una mujer en Alicante tras pasar 14 meses en prisión

La Audiencia no estima probado que las relaciones sexuales que mantuvieron el acusado y la víctima fueran no consentidas

Un vehículos policial junto a la puerta de la Audiencia de Alicante.

Un vehículos policial junto a la puerta de la Audiencia de Alicante. / DELGADO

Catorce meses ha pasado en prisión preventiva un varón de 35 años que ha sido absuelto esta semana por la Audiencia de Alicante de la violación de una mujer que le imputaba la Fiscalía. El acusado, defendido por el abogado Francisco Miguel Galiana Botella, se enfrentaba a una petición de siete años y once meses de prisión y al pago de 15.000 euros de indemnización, según la sentencia absolutoria dictada por la Sección Segunda, que no considera probado que las relaciones sexuales que mantuvieron el procesado y la denunciante fueran «inconsentidas».

El tribunal de la Audiencia ha apreciado contradicciones «relevantes» en el testimonio de la víctima y señala en la sentencia que «existen quiebras en el relato de la acusada y en su contraste con el resto de los prestados que determinan el considerarlo insuficiente para sustentar un pronunciamiento condenatorio».

Según los hechos declarados probados en la sentencia, el 11 de marzo de 2023 la mujer denunciante y una amiga acudieron a la zona de ocio del Puerto de Alicante y estuvieron allí hasta la hora de cierre de los locales. Las dos amigas decidieron marcharse a sus casas en autobús desde la plaza del Mar, pero como tardaba mucho en llegar optaron por seguir andando.

Invitación al domicilio

Cuando caminaban por la zona del Mercado Central, añade la sentencia, se encontraron con el acusado ahora absuelto, al que habían conocido esa noche en la zona de ocio. El procesado les invitó a que fueran a su domicilio y aunque ellas dudaron, al final accedieron porque una necesitaba ir al aseo.

Los tres llegaron a casa del acusado y una de las mujeres entró el cuarto de baño y al salir le pidió a su amiga que se marcharan. Sin embargo, la amiga la empujó fuera del domicilio y comenzó a golpear fuerte la puerta. Al final la amiga abrió, pero le pidió que se marchara y a continuación mantuvo con el acusado «relaciones sexuales, que no consta que fueran inconsentidas».

La Audiencia resalta que la mujer, que denunció haber sido agredido sexualmente en contra de su voluntad, incurre en el juicio en contradicciones «relevantes». Así, señala el tribunal que en sus declaraciones iniciales dijo que el acusado le quitó la ropa y que se vistió antes de salir al encuentro con la Policía, que fue alertada por vecinos; por contra, en el juicio afirmó que solo le bajó el pantalón y le retiró la braga lo suficiente para penetrarla.

Asimismo, precisa el fallo, en todas sus declaraciones asegura que no paró de gritar, incluso cuando la Policía llamó a la puerta, pero «nadie oye estos gritos». Otra de las contradicciones indica que en una versión afirmó que escapó en un descuido del acusado al ir al baño y ante el juez instructor manifestó que se quedó dormido y salió de la casa.