Nuevas peticiones de cárcel en la última de las siete causas abiertas por la gestión de CAM

El Fondo de Garantía de Depósitos acusa a ocho exdirectivos de la caja y a diez empresarios de distracción desleal de fondos y les reclama seis años de prisión y que le indemnice en los cerca de 500 millones en los que tasa el daño a la caja por los «pelotazos» que financió. Para la Fiscalía los hechos están prescritos

Los exdirectivos de la CAM Daniel Gil y López Abad, en el centro, junto a los abogados de Garrigues, Pablo de la Vega (dcha) y Álvaro Fernández.

Los exdirectivos de la CAM Daniel Gil y López Abad, en el centro, junto a los abogados de Garrigues, Pablo de la Vega (dcha) y Álvaro Fernández. / EDU CADEL /LOF

Mercedes Gallego

Mercedes Gallego

Seis años de prisión, una multa de alrededor de 145.000 euros para cada uno de los 19 acusados y la indemnización conjunta al Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) en los casi 500 millones en que el Banco de España fija el quebranto económico que sufrió la CAM por los presuntos pelotazos que la caja financió entre los años 2004 y 2009. 

Es la pena que, como acusación particular, solicita este organismo para nueve exdirectivos de la caja, el exdirector general Roberto López Abad y exresponsable de empresas Daniel Gil entre ellos, y una decena de empresarios a los que imputa un delito continuado de distracción desleal de fondos o, subsidiariamente, un cargo de administración desleal continuada. 

Se trata de la última causa que queda por juzgar de las siete abiertas en la Audiencia Nacional por la gestión de la CAM y a la que dio pie una querella interpuesta por el Fondo en 2015. Un proceso que ha sido archivado y reabierto en varias ocasiones y en el que la Fiscalía Anticorrupción pide la absolución por prescripción al entender que los hechos deben ser calificados como administración desleal, que prescribe a los cinco años, en vez de como apropiación indebida continuada, que lo hace a los diez.

La operativa que se describe afecta a varias operaciones realizadas por la CAM y su holding inmobilario Tenedora de Inversiones y Participaciones (TIP) en las que «una mercantil con activos inmobiliarios (por lo general terrenos sin desarrollar urbanísticamente), constituía una sociedad a la que aportaba ese suelo por un precio superior (inflado) y en las que participaba como socia, al igual que TIP, y en las que la CAM aportaba la financiación», según describe en el escrito de acusación el penalista Carlos Gómez-Jara, abogado del Fondo en todos los procesos de la caja.

De este modo, la participación de la caja se articulaba a través de una doble vía, como accionista y como financiadora, lo que provocaba un incremento del riesgo. Así lo refleja el Banco de España en un informe en el que afirma que estos proyectos «adolecían de falta de rigor en su planteamiento y tuvieron escasa supervisión por parte de TIP y de la propia CAM. Todos ellos resultaron fallidos», precisa. 

Según la acusación que en solitario sostiene el Fondo, «las inversiones que se efectuaron en las distintas sociedades ascendieron a casi 600 millones de los que 464 han sido considerados como pérdidas irreversibles. Un daño que tuvo que ser saneado con ayudas públicas inyectadas por el FGD y registradas en el déficit del Estado cuando la CAM tuvo que ser intervenida y rescatada por el peligro que suponía para el sistema financiero español», argumenta Gómez-Jara.

 Como responsable civil directo el Fondo cita a Caser, la compañía que con la que la CAM tenía asegurados a sus altos ejecutivos y que ha resultado condenada en la pieza de los negocios del Caribe. Y como subsidiario, las mercantiles La Ermita Resort S.L, Dimehábitat S.L, Promociones e Inmuebles BlauverdMediterráneo S.L y NyesaViviendas Zaragoza S.L.U.

 De no alcanzarse un acuerdo que evite el juicio, para López Abad será la séptima vez que se siente en el banquillo y la tercera para Gil. A los dos les atribuye el Fondo «una gestión personalista» de la entidad financiera y, por ende, en estas operaciones. Se apoya para ello precisamente en la sentencia de la Audiencia Nacional sobre los negocios de la caja en el Caribe en la que se asevera que «ambos, de común acuerdo, actuaban como administradores de hecho de la CAM y a través de TIP, cuyas acciones eran íntegramente propiedad de la caja». 

  El exdirector general tiene en su haber una condena firme (dos años de prisión por las dietas que cobró indebidamente el expresidente de la entidad Modesto Crespo) y otra del mismo tiempo por los negocios caribeños con los empresarios Juan Ferri y José Baldó, fallo que está pendiente del Supremo. Con idéntica pena fue castigado Gil en este proceso y también recurrió en casación. 

El Fondo les considera, junto al exdirector general de TIP Fructuoso Cano, autores de un delito continuado de distracción de fondos. La calificación para los otros seis exdirectivos y los diez empresarios es la misma pero como cooperadores necesarios, lo que no modifica la pena que se solicita, que es idéntica para los 19 acusados. 

Solo ocho de casi el medio centenar de exdirectivos y exconsejeros de la CAM juzgados en las causas abiertas por la gestión de la caja han sido condenados hasta ahora en sentencia firme. Y se ha podido recuperar dinero en dos procesos: en el de los negocios del Caribe y en el de las dietas de Crespo. Cerca de 13 millones y el aseguramiento del 28 en el primero y 600.000 euros en el segundo.

Los otros seis procesos de la CAM

1. FALSEO DE LAS CUENTAS

Las condenas de la Audiencia a los exdirectivos Roberto López Abad, Dolores Amorós, Francisco Martínez y Teófilo Sorgorb por alterar las cuentas de la CAMlas dejó el Supremo en 1,6 años a Amorós y en dos a Sogorb.

2. DIETAS MODESTO CRESPO

El Supremo confirmó las penas, aunque con una ligera rebaja, al expresidente de la caja Modesto Crespo (9 meses), a López Abad (2 años) y a los exconsejeros José Forner, Antonio Gil-Terrón, Martín Sevilla y Luis Esteban (1 año) por los 600.000 euros que cobró Crespo.  

3. NEGOCIOS EN EL CARIBE

Pendiente de lo que diga el Supremo siguen las condenas a dos años de cárcel a López Abad y a Daniel Gil por los negocios de la caja el Caribe con Juan Ferri y José Baldó, condenados a la misma pena.

4. RELACIONES CON HANSA

La Audiencia absolvió a los exdirectivos Amorós, Daniel Gil y Vicente Sánchez y al promotor Rafael Galea de irregularidades en la relación de la caja con la mercantil. 

5. CRÉDITOS/DIETAS AVILÉS

El Supremo confirmó la absolución de López Abad y del expresidente de la comisión de control por los créditos y dietas de Juan Ramón Avilés.

6. CUOTAS Y PREFERENTES

El juicio en el que estaban acusados López Abad y Amorós por estos productos financieros no llegó a celebrarse al retirarse las acusaciones.