El recurso del Consell al recorte del Tajo-Segura acusa al Gobierno de vulnerar la Constitución

La Abogacía de la Generalitat considera que la medida conculca "el buen gobierno, la transparencia y la seguridad jurídica" dando lugar a la "nulidad de todo lo actuado"

El pleno del Consell celebrado esta mañana en Orihuela donde se ha aprobado el recurso contra el recorte del Tajo-Segura.

El pleno del Consell celebrado esta mañana en Orihuela donde se ha aprobado el recurso contra el recorte del Tajo-Segura. / TONY SEVILLA

Pérez Gil

Pérez Gil

El recurso de la Generalitat Valenciana ante el Tribunal Supremo contra el real decreto que legitima el recorte de los caudales ecológicos del trasvase Tajo-Segura se fundamenta en la vulneración, por parte del Gobierno de España, de los principios recogidos en el ordenamiento jurídico de "buen gobierno, seguridad jurídica, confianza legitima, lealtad institucional, transparencia e interdicción de la arbitrariedad en la toma de decisiones".

Así se advierte en el informe del recurso elaborado por la Abogacía General de la Generalitat Valenciana, en el que se afirma además que "todos estos principios se encuentran al amparo del artículo 9.3 de la Constitución, por lo que podría dar lugar a una nulidad de todo lo actuado a nivel procedimental".

La argumentación legal en la que se basa el Consell en su recurso alude a que hubo un primer texto de la disposición adicional novena del Real Decreto 35/2023 que se debatió y votó en el Consejo Nacional del Agua en noviembre de 2022, remitiéndose posteriormente un segundo texto con el dictamen preceptivo del Consejo de Estado que no fue sometido previamente a los principios de participación y concertación. "Por ello entendemos que el Real Decreto no se ha dictado de conformidad con las observaciones recogidas en el Consejo de Estado que, aún reconociendo que no es vinculante, refleja la imperiosa necesidad de aplicar la disposición adicional novena en los términos fijados inicialmente", se señala en el documento.

De ese primer texto, según destacan los abogados de la Generalitat Valenciana, se desprende que estaba previsto realizar, antes de proceder en los años 2026 y 2027 a la aplicación de los caudales ecológicos mínimos fijados en el plan hidrológico del Tajo, una actualización teniendo en cuenta los resultados del Programa Especial de Seguimiento. "Esto significa que no sería necesario aplicar los escalones previstos en el plan hidrológico a partir del 1 de enero de 2026 para los caudales mínimos en vigor desde la aprobación de plan si se cumplen los objetivos ambientales".

Volúmenes desproporcionados

El recurso del Gobierno autonómico de Ximo Puig contra la decisión adoptada por el Gobierno central de Pedro Sánchez contiene otros cuatro puntos más. El segundo incide en señalar que con el texto finalmente aprobado se pone de manifiesto la "potencial afección que podría tener la fijación desproporcionada de los volúmenes de 8 y 8,65 metros cúbicos por segundo en los años 2026 y 2027 para los usuarios del trasvase del Tajo-Segura, cuyos aprovechamientos dependientes del trasvase están en función del volumen de recursos almacenados en el Alto Tajo". Por eso se subraya en el alegato de la Generalitat Valenciana que el incremento de estos caudales supondría menores trasvases al Segura.

Del mismo modo se señala en el recurso que, al igual que entre los años 2022 y 2025 el caudal ecológico fijado en el Real Decreto se sitúa en 7 metros cúbicos por segundo, también en los años 2026 y 2027 se debería aprobar la misma cantidad sin escalonamiento alguno. Y respecto a los años siguientes "podría procederse a actualizar, o no, el caudal" una vez que se estudie si se cumplen los objetivos ambientales establecidos para las masas de agua.

El presidente Ximo Puig con la vicepresidenta Aitana Mas en el pleno del Consell celebrado en Orihuela.

El presidente Ximo Puig con la vicepresidenta Aitana Mas en el pleno del Consell celebrado en Orihuela. / TONY SEVILLA

Obra de interés general

Otro de los puntos argumentados en contra el recorte hídrico apunta a que la elevación desproporcionada de los caudales -que alcanzarían 8,65 metros cúbicos por segundo en 2027- podría condicionar los trasvases, violentando así el marco normativo del Tajo-Segura y su reconocimiento como obra de interés general.

Sobre este particular se hace mención a la reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo donde se expone que el establecimiento de caudales ecológicos debe configurarse "con el menor detrimento posible de los existentes derechos de uso del agua". Es decir, en su fijación deben contemplarse criterios de proporcionalidad e intervención mínima, "de modo que las posibles restricciones a los derechos de uso ya existentes sean los menores posibles".

Variables socioeconómicas

En este caso la Abogacía de la Generalitat Valenciana mantiene que la fijación de los caudales ecológicos en la planificación del Ministerio para la Transición Ecológica no puede realizarse de manera indiciaria y sin la debida justificación. "Por el contrario -remarcan los letrados en su escrito- los caudales ecológicos deben determinarse como resultado de estudios técnicos que han de realizarse en la cuenca, así como del resultado de la participación pública y de un procedimiento de concertación".

Señalan a este respecto que en la determinación del caudal ecológico debe tenerse en cuenta el conjunto de variables que afectan a la cuenca de un río y no únicamente la cuestión ecológica. Deben incluirse también las variables socioeconómicas. Por eso recuerdan que el trasvase dispone de un marco legal específico y unas reglas de explotación que tratan de compatibilizar los usos de la cuenca receptora con la necesaria protección de la cuenca cedente.

Otra de las razones esgrimida por el Gobierno valenciano ante el Tribunal Supremo para que deje sin efecto la medida se centra en la disposición adicional tercera. Ésta alude a posibles actualizaciones de los planes pero en ningún precepto se establece una actualización o revisión obligatoria de los caudales escalonados -8 y 8,65 metros cúbicos por segundo- a raíz de las evaluaciones del plan especial de seguimiento. Ni tampoco se condiciona el escalonamiento de los caudales previstos para 2026 y 2027, "lo que genera una incertidumbre e inseguridad jurídica para los ciudadanos y usuarios del trasvase".

«Fuimos la primera Comunidad en poner un canon sobre el agua y aquí es donde más se depura y reutiliza», indicóXimo Puig al finalizar el pleno del Consell descartando un enfrentamiento con el Gobierno central. «No se trata de un pulso, se trata de la defensa de los intereses de la Comunidad», subrayó el President.