El TSJCV anula la paga covid a los sanitarios que estuvieron en primera línea

El tribunal revoca el acuerdo del Consell que establecía los criterios de la gratificación, para lo que se destinaron 43,7 millones, porque no se negoció con los sindicatos, que reclamaban que fuera para toda la plantilla y no solo para una parte. Sanidad afirma que no se reclamará el dinero abonado

Sanitarios atienden a un paciente covid-19 en un hospital

Sanitarios atienden a un paciente covid-19 en un hospital / INFORMACIÓN

J. Hernández

J. Hernández

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha declarado nulo el acuerdo del Consell que establecía los parámetros y criterios para aplicar la compensación económica al personal de la Conselleria de Sanidad por servicios extraordinarios con motivo de la pandemia porque no hubo negociación colectiva con los sindicatos "sobre los criterios para identificar al personal y la distribución de la compensación económica y gratificación según la exposición al riesgo".

De esta forma, en dos resoluciones distintas, el tribunal estima los recursos planteados por Comisiones Obreras y la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) contra el acuerdo de 27 de noviembre de 2020 del Gobierno valenciano. Tal y como explica Rosa Atiénzar, secretaria general de la Federación de Sanidad de CC OO-PV, el fondo de la reclamación es que no se pudo negociar la gratificación para todo el personal sanitario porque en la primera ola todo lo que se atendía era covid, así que solo lo recibió una parte, "además en cantidades inferiores a lo que perciben por hora ordinaria".

Por su parte Sanidad estudiará la sentencia para analizar un posible recurso ante el Tribunal Supremo pero ya adelanta que no reclamará el dinero de la denominada paga covid al personal sanitario, por lo que nadie deberá devolver la gratificación recibida en su día, y el fallo no tendrá una repercusión negativa en los sanitarios que ya percibieron la paga por el esfuerzo durante los peores meses de la pandemia.

En las resoluciones, con argumentos idénticos y contra las que cabe interponer recurso, la sección segunda de la sala de lo Contencioso-Administrativo estima las demandas sindicales y declara nulo el acuerdo tras concluir, como sostenían los recurrentes, que no hubo una negociación colectiva efectiva con las organizaciones sindicales en la Mesa Sectorial.

La Conselleria de Sanidad calculó en su día que más de 40.000 profesionales sanitarios de la Comunidad Valenciana recibirían esa compensación económica por el esfuerzo realizado durante la primera ola de la pandemia. El Diario Oficial de la Generalitat Valenciana publicó el 18 de noviembre de 2020 el decreto por el que se establecía en 43,7 millones el importe a esta medida de compensación dirigida al personal del Sistema Valenciano de Salud y del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales durante el estado de alarma declarado entre el 14 de marzo y el 21 de junio de 2020, a causa de la pandemia de covid-19.

La denominada paga covid ascendía a 10 euros por día trabajado durante el estado de alarma para los médicos y a 8 euros por día para el personal de Enfermería pero solo aquellos que estuvieron en primera línea en ciertos servicios o al mando la recibieron. Ese fue el baremo para estimar la cuantía final a repartir, teniendo en cuenta que, del total de la plantilla sanitaria, no todos iban a poder ser compensados.

Sindicatos

Según explica la secretaria general de la Federación de Sanidad de CC OO, los sindicatos no tuvieron oportunidad de negociar qué profesionales debían ser incluidos en el acuerdo ni tampoco sobre los criterios de distribución. "Nosotros apostábamos por que se aplicase el reconocimiento a todo el personal que había estado trabajando de manera presencial en cualquier servicio porque en esa época había pacientes covid en todas partes. En el caso del personal de salud pública, este acuerdo sirvió para abonarles el exceso de jornada que habían realizado, pero muy por debajo del valor de su hora ordinaria. Esta sentencia reconoce que se vulneró el derecho a la negociación colectiva de los sindicatos de la Mesa Sectorial".

"Nosotros apostábamos por que se aplicase el reconocimiento a todo el personal que había estado trabajando de manera presencial en cualquier servicio porque en esa época había pacientes covid en todas partes"

Rosa Atiénzar

— Secretaria general de la Federación de Sanidad de CC OO-PV

 A la vista de la sentencia, el sindicato entiende que lo que procede es, preservando los derechos reconocidos al personal que en su momento cobró la gratificación, "renegociar el acuerdo de manera que se incluya a todos el personal que prestó servicios de manera presencial de marzo a junio de 2020, aplicando criterios de distribución objetivos y equitativos".

Decreto

El Decreto Ley 17/2020 de 16 de noviembre estableció la aprobación de medidas por el esfuerzo realizado por el personal del Sistema Valenciano de Salud y del Sistema Público de Valenciano de Servicios Sociales durante el estado de alarma por el covid-19 declarado por el Real Decreto 463/2020. Este Decreto Ley 17/2020 se publicó en el DOGV de 18 de noviembre de 2020.

Dos días antes de su publicación, se convocó una Mesa Sectorial de Sanidad Extraordinaria en cuyo orden del día figuraba: "Acuerdo del Consell por el que se lleva a efecto el Decreto Ley por el que se establece una compensación económica por el esfuerzo realizado por parte del personal del Sistema Valenciano de Salud y del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales durante el estado de alarma declarado entre el 14 de marzo y el 21 de junio de 2020 por causa de la pandemia de covid-19, y otras gratificaciones extraordinarias para el personal de Salud Pública (en lo que se refiere al personal de gestión sanitaria)".

No apareció en el orden del día "negociación" del acuerdo, "debate", ni nada semejante, alegaban los sindicatos en sus respectivos recursos.

La documentación relativa a la Mesa sectorial se remitió a los sindicatos cuatro horas antes de la celebración de ésta. Y la única documentación que se envió fue el borrador del acuerdo; sin acompañar la memoria económica preceptiva para el mismo.

En la Mesa sectorial todos los sindicatos coincidieron en denunciar la premura de la convocatoria, así como la falta de información. El acuerdo que se publicó coincidía punto por punto con el borrador que se presentó a los sindicatos.

Compromiso de Puig

El presidente de la Generalitat, Ximo Puig, ya había prometido esta compensación económica cinco meses antes, "por lo que no estaba justificada la premura en convocar la mesa sectorial para negociar los criterios del acuerdo el mismo día de la publicación del Decreto-ley y en una única reunión", señalaban los sindicatos.

En resumen, los sindicatos coincidían en que no constituía una "verdadera" negociación convocar una Mesa Sectorial para poner en conocimiento de las organizaciones sindicales el texto de un acuerdo, permitiendo a los sindicatos expresar su opinión sobre el mismo, "pero sin posibilidad de efectuar ningún cambio en su redacción, pues la información por sí sola no constituye una negociación".

La sala, tras estudiar los argumentos, los admite. Así, señala que la documentación remitida a las organizaciones sindicales se efectuó a las 13.30 horas, tres horas y media antes de la reunión de la Mesa Sectorial, "plazo que resulta a todas luces insuficiente para que las actoras pudiera preparar cabalmente sus propuestas antes de la reunión".

A ello añade que la administración "tan solo remitió el borrador del acuerdo, omitiendo cualquier otra información --memoria económica e identificación precisa del personal al que afectaba-- "que resultaba precisa que las actoras conocieran para poder llevar a cabo una negociación efectiva, memoria económica que lleva fecha de 20 de noviembre, posterior por tanto a la celebración" de la citada mesa.

A juicio del tribunal, conocer esta documentación "resultaba capital para poder discutir o confrontar la cuantificación de los parámetros y la fijación de los criterios de distribución de dichas compensaciones económicas".