La CHJ recurrirá al Tribunal Supremo la sentencia que anula el cierre de los pozos del Vinalopó

El organismo dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica considera que "hay fundamento" para adoptar una medida que pretende evitar la sobreexplotación de los acuíferos

Trabajos de mejora en un pozo del Vinalopó.

Trabajos de mejora en un pozo del Vinalopó. / Áxel Álvarez

Pérez Gil

Pérez Gil

La Confederación Hidrográfica del Júcar  (CHJ) va a recurrir la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana por la que se ha revocado su declaración por riesgo de sobreexplotación de seis acuíferos del Vinalopó, lo que implicaba el cierre de una decena de pozos sin compensar antes a los regantes y municipios afectados con agua del trasvase del Júcar-Vinalopó.

La CHJ, organismo que depende del Ministerio para la Transción Ecológica, ha solicitado a la Abogacía del Estado de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana que interponga el correspondiente recurso de casación ante el Tribunal Supremo. La junta de gobierno de la CHJ considera que "hay fundamentos para ello" pero las razones legales, técnicas y administrativas no se darán a conocer hasta que se concreten en el escrito de interposición que se elevará al Supremo en menos de 30 días, que es el plazo máximo para apelar. Así lo han indicado a este diario los responsables de la Confederación del Júcar sin querer entrar en más detalles.

La medida que ha anulado el Tribunal Superior de Justicia se aprobó en septiembre de 2020 y afectaba a los acuíferos de Villena-Benejama, Peñarrubia y de las sierras del Reclot, Castellar, Salinas y Crevillent. A partir de 2021 debía ponerse en marcha un plan aprobado por la CHJ destinado a reordenar los recursos hídricos de los que depende el abastecimiento de 1.500.000 habitantes y el riego de 90.000 hectáreas de cultivos de las comarcas del Alto, Medio y Baix Vinalopól'Alacantí y Marina Baixa.

Pero los pozos no llegaron a cerrarse, aunque sí se redujeron de forma sustancial las extracciones de agua, porque la Junta Central de Usuarios del Vinalopó, l'Alacantí y el Consorcio de Aguas de la Marina Baixa recurrió el acuerdo de la Confederación Hidrográfica del Júcar.

Pues bien, tres años después el TSJ ha emitido su sentencia dando la razón a los regantes porque, entre otras razones, la orden del organismo de cuenca no contempla la proporción de sustituir 1 litro de agua extraída de los pozos por 1 litro de agua procedente del trasvase del Júcar-Vinalopó.

Masas de agua declaradas en riesgo por la Confederación Hidrográfica del Júcar.

Masas de agua declaradas en riesgo por la Confederación Hidrográfica del Júcar. / CHJ

La finalidad del acuerdo aprobado por la CHJ buscaba preservar los sobreexplotados sondeos del Vinalopó, antes de que sus aguas pierdan calidad y ya no sean aptas ni para el consumo humano ni para el regadío. Todas las partes compartieron esta necesidad pero los agricultores y alcaldes de las comarcas afectadas querían tener antes garantías por parte del Ministerio para la Transición Ecológica, de que sus municipios y cultivos recibirían una aportación estable de agua del trasvase del Júcar-Vinalopó en la cantidad necesaria y a un precio razonable.

Oficina de Planificación Hidrológica

La declaración de los seis acuíferos en el informe sobre la situación de riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo del sistema Vinalopó-Alacantí fue emitido por la Oficina de Planificación Hidrológica y comportaba que la junta de gobierno de la CHJ debía aprobar, antes de octubre de 2021, un programa de actuación para la recuperación del buen estado de las seis masas de agua afectadas.

Hasta la aprobación del programa de actuación se han adoptado las limitaciones de extracción, así como las medidas de protección de la calidad del agua subterránea, que se han considerado necesarias como medida cautelar.

El 23 de noviembre de 2021 se presentó a la Junta Central de Usuarios del Vinalopó, l'Alacanti y Consorcio de Aguas de la Marina Baixa los programas de actuación para las seis masas de agua declaradas en riesgo. Pero, en atención a su complejidad y para que pudiera realizarse un análisis detallado del mismo, se acordó ampliar el plazo concedido hasta el día 1 de febrero de 2022.

En respuesta a las alegaciones recibidas, con fecha 6 de abril de 2022, se preparó desde el organismo de cuenca un primer informe de respuesta, que fue remitido a la Junta Central de Usuarios junto con la segunda versión de los programas y la parte numérica de los mismos.

Se decidió entonces conceder un segundo periodo de consulta de diez días para que se pudieran remitir de nuevo las alegaciones pertinentes por parte de los interesados, recogiéndose en un segundo informe la respuesta a todas esas alegaciones.

Finalmente el 16 de junio de 2022 la junta de gobierno de la CHJ acordó, con 23 votos a favor, 3 en contra y 4 abstenciones, aprobar los programas de actuación de las seis masas de agua declaradas en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo.

Estabilización del nivel de los pozos

Como este diario adelantó ayer, una de las razones que ha llevado al TSJ a tomar su decisión responde a los informes técnicos aportados por la Junta Central de Usuarios, en los que "se verifica una tendencia a la estabilización del nivel de las aguas de los acuíferos durante los últimos años después de décadas de intensa sobreexplotación, sin que la declaración de riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo haya sido necesaria".

Es más la propia sentencia recoge un análisis geológico que refleja que para el conjunto de la provincia de Alicante se ha producido un descenso muy importante de sobreexplotación, centrada en el Alto y Medio Vinalopó, que ha pasado de una cifra global de 53 hectómetros cúbicos al año -según el Mapa del Agua de la Diputación Provincial de Alicante de 2007- a 28,2 hectómetros cúbicos al año. "Más concretamente, y para los acuíferos afectados por la declaración de la CHJ, se ha pasado de 42,85 hectómetros cúbicos al año en 2007 a 25,69 en 2020, acelerándose esta reducción en los últimos años. Por lo tanto, las evoluciones piezométricas resultantes validan este diagnóstico, e incluso lo mejoran teniendo en cuenta las tendencias de los últimos tres últimos años".

También alude el magistrado ponente del recurso al dictamen pericial del geólogo Miguel Ángel Rodríguez García en el que concluye que "la mayoría de las masas de agua se encuentran en recuperación, es decir, disminuye la sobreexplotación, a excepción del sistema Serral-Salinas, que se encuentra en fase de estabilización, y de la Sierras de Crevillent que se mantiene en sobreexplotación.

Medidas recogidas en el Plan del Júcar

En su resolución los magistrados del Tribunal Superior de Justicia cuestionan incluso el trabajo realizado por la CHJ al estimar el recurso, "no tanto porque el acuerdo impugnado vaya contra el Plan Hidrológico del Júcar sino por ser innecesario y no aportar ninguna medida para mejorar las aguas subterráneas; es más, la declaración de sobreexplotación sin ninguna medida en el plazo de un año queda sin efecto y las hipotéticas medidas que puede tomar la Confederación ya vienen recogidas en el propio Plan". 

Ese es el punto de inflexión por el que la Conselleria de Agricultura prefirió acogerse a su derecho a no votar. A pesar de ello la exconsellera Mireia Mollà defendió en la reunión la urgencia de analizar el problema y aportar soluciones antes de que la situación fuera irreversible. Todo ello hizo que los representantes de la Junta Central de Usuarios del Vinalopó, l'Alacantí y el Consorcio de la Marina Baixa se quedaran prácticamente solos al votar en contra de una decisión que ya anunciaron en septiembre de 2020 que recurrirán a la Unión Europea, sin descartar acudir también a los tribunales frente a una medida que calificaron como el "fin de un ciclo que el Gobierno central inició en 2005 con el cambio de la toma del trasvase del Júcar-Vinalopó de Cortes de Pallás al Azud de la Marquesa".

La sentencia del TSJ refrenda, por tanto, los postulados de la Junta Central de Usuarios del Vinalopó, l'Alacantí y el Consorcio de Aguas de la Marina Baixa. Una Entidad Corporativa de Derecho Publico constituida por 41 organismo de abastecimiento entre los que figuran 23 ayuntamientos y 584 entidades de regadío, entre las que se incluyen 44 comunidades de regantes y comunidades generales.

Pero la Confederación Hidrográfica del Júcar no comparte el contenido de la sentencia y ha anunciado que presentará en los próximos días un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.