Las familias decidirán el 4 de marzo si se acogen a la jornada continua el próximo curso 2024-2025

Los colegios que opten por jornada continua ofertarán extraescolares voluntarias para los alumnos

Los centros podrán presentar hasta el 26 de enero sus proyectos de jornada escolar

Alumnos de 6º de Primaria en un centro

Alumnos de 6º de Primaria en un centro / Oriol Clavera

J. Hernández

J. Hernández

Los centros educativos de la Comunidad Valenciana votarán la jornada escolar para el curso 2024-2025 el próximo 4 de marzo y en el caso de que en alguna localidad ese día sea festivo, la Dirección General de Ordenación Educativa y Política Lingüística autorizará la consulta en una fecha alternativa. 

Así se ha decidido tras la propuesta presentada hoy por la Conselleria de Educación, Universidades y Empleo en la Mesa Sectorial de Educación a los sindicatos educativos, y que ya se presentó el miércoles en la Mesa de Padres. 

Los centros que quieran acogerse a la jornada continua deberán presentar sus proyectos hasta el 26 de enero de 2024. Para ello, necesitan tener mayoría cualificada de 2/3 del claustro y del consejo escolar (centros públicos); o bien, en el caso de centros privados concertados, que la titularidad desee iniciar el proceso. 

Una vez los centros dispongan de esa mayoría cualificada para iniciar el procedimiento, convocarán una reunión informativa para las familias en los 10 días siguientes para explicar las características del nuevo horario propuesto con los periodos lectivos y de descanso del alumnado detallados, así como la descripción y el carácter de las actividades extraescolares, del comedor y transporte escolar.

Tras valoración de la Dirección General de Ordenación Educativa y Política Lingüística, en los centros que obtengan el informe favorable las familias votarán el día 4 de marzo de 2024 para implantar la jornada continua o bien mantener la jornada actual.

Proyectos de jornada continua

Cada centro podrá incorporar en su proyecto de jornada continua actividades extraescolares con coste económico para el alumnado (con coste de 30 euros mensuales como máximo por alumno/a y actividad), si así lo aprueba el consejo escolar del centro. 

En este sentido, para garantizar que ningún alumno quede excluido por motivos económicos de las actividades extraescolares, el alumnado que sea beneficiario con carácter asistencial de las ayudas de comedor escolar en los centros públicos educativos podrá realizar hasta un máximo de dos actividades de las ofrecidas por el centro, que tengan coste económico, de manera totalmente gratuita.

Entre otros aspectos, el horario semanal del profesorado, en los centros públicos que desarrollan un modelo de jornada continua, tendrá que incluir como mínimo una tarde de dos horas de las horas de dedicación en el centro, común para todo el profesorado para garantizar las tareas de coordinación.

La dirección del centro debe garantizar la apertura de las instalaciones escolares, mientras se efectúan las actividades extraescolares si son en periodo por la tarde, con la presencia, al menos, de un miembro del profesorado y de un miembro del equipo directivo, o en quien delegue, en caso de que no pueda estar presente si la actividad se realiza dentro de la jornada escolar.