El Supremo ratifica diez años de prisión a un condenado en Elche por abusos sexuales a su hija de 17

La sala confirma la sentencia de la sección VII por unos hechos en 2021 que sigue negando el agresor, pese a hallarse su semen en el cuerpo de la niña, con la que no podrá contactar por otros diez años

Traslado de detenidos a la ´Ciudad de la Justicia de Elche

Traslado de detenidos a la ´Ciudad de la Justicia de Elche / Antonio Amorós

M. Alarcón

M. Alarcón

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado una sentencia dictada por la sección VII de la Audiencia Provincia, con sede en Elche, que condenó a una pena de diez años de prisión a un padre por abusos sexuales a uno de sus tres hijos, en concreto, una muchacha que tenía 17 años en el momento de ocurrir los hechos, en julio de 2021. La pareja estaba separada y, según los hechos probados, se quedaba en casa de su padre donde dormía junto a un hermano sobre un colchón tirado en mitad del salón. «Aprovechando esta situación», dice la sentencia, el padre se acostó con la joven y comenzó a «acariciarla de forma inadecuada, por lo que esta intentó evitarlo diciéndole que le dolía la barriga y separándose de él». De nada sirvió.

Minutos más tarde, el padre volvió a abrazarla y tocarla y metió su mano en la vagina, introduciendo sus dedos en ella. La joven entró en una situación de shock, dice la sentencia, «tuvo miedo, sin poder reaccionar ante lo que hacía su padre, haciéndose la dormida. Tras ello, el procesado la colocó boca arriba, se bajó los pantalones y se subió encima de ella hasta penetrarla». Cuando acabó, siguió allí toda la noche abrazándola.

La menor contó al día siguiente lo ocurrido a su madre y el semen del padre fue localizado en la vagina de la menor, dice la sentencia. Fue detenido y trasladado a prisión. Más tarde condenado por un delito de abusos sexuales a diez años de prisión e indemnización a la muchacha de 60.000 euros más intereses. Además, se le prohibió ejercer la patria potestad sobre los hijos menores durante seis años, la imposibilidad de trabajar con menores 20 años y la prohibición de acercarse a la muchacha a menos de 500 metros cuando cumpla la pena por otros diez años más.

Sentencia

A pesar de lo diáfano de la sentencia, el condenado presentó un recurso que desestimó el Tribunal Superior de Justicia y que, tras otro nuevo recurso, amparado en un error en la valoración de la prueba (declaraciones y testificales) y en la supuesta vulneración de la cadena de custodia (de la muestra de semen), ha acabado en el Supremo con una nueva ratificación después de su admisión a trámite, lo que nunca es fácil si no existe una argumentación sólida.

Acceso de ciudadanos a la Ciudad de la Justicia de Elche, en una imagen de archivo

Acceso de ciudadanos a la Ciudad de la Justicia de Elche, en una imagen de archivo / Áxel Álvarez

Desestimación

La defensa consideraba que el hecho de que otro hijo estuviera en aquel mismo colchón era una prueba de que nada de eso ocurrió y añadía que la declaración de este contradecía esos hechos. Impugnaba el atestado, las declaraciones, la exploración de la víctima, la declaración de otra testigo, el registro de la vivienda, los informes forenses y las declaraciones en el plenario. A esto contesta el TS que nada de eso era revisable en esa instancia, «el ámbito propio de este recurso queda limitado al control de la juridicidad; o sea, que lo único que en él se puede discutir es si la subsunción que de los hechos hubiera hecho el tribunal de instancia en el precepto penal es o no correcto».

También entiende, en contra del criterio de la defensa, que debe aplicarse un subtipo agravado a la pena, pues existió un prevalimiento que «tiene su fundamento en el abuso de superioridad que en el plano moral tiene una persona que pone a su servicio una condición o cualidad que instrumentaliza en su beneficio con finalidad delictiva (...) El acusado se aprovechó de las facilidades que le proporcionaba su condición de padre y que los hechos ocurrieron en su domicilio. Su conducta contiene un plus de antijuridicidad y culpabilidad que se ha traducido en una mayor sanción penal». 

Cadena de custodia

Sobre la cadena de custodia dice que «a pesar de la comisión de algún posible error, ello no supone, por sí solo, sustento racional y suficiente para sospechar siquiera que la analizada no fuera aquella sustancia originaria, ni para negar el valor probatorio de los análisis y sus posteriores resultados debidamente documentados». La Policía ha alertado de un aumento de delitos de contenido sexual durante los últimos meses.