¿Prestación contributiva o subsidio por desempleo? Estas son las diferencias entre las ayudas

Te contamos las características de cada una, la duración y la cuantía

¿Prestación contributiva o subsidio por desempleo?

¿Prestación contributiva o subsidio por desempleo? / INFORMACIÓN

Eneko López Rico

Eneko López Rico

La prestación contributiva por desempleo es una ayuda económica que se otorga a aquellos trabajadores que han perdido su empleo de manera involuntaria y que han cotizado en el sistema de la Seguridad Social por un periodo mínimo de tiempo. Esta prestación es un derecho adquirido por el trabajador debido a sus contribuciones al sistema de Seguridad Social durante su etapa laboral y todos la conocemos como el paro.

Para tener derecho a la prestación contributiva por desempleo, el solicitante debe haber cotizado un mínimo de 360 días en los últimos 6 años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que cesó una obligación de no competencia con derecho a compensación. Además, es necesario encontrarse en situación legal de desempleo, estar afiliado y en alta o situación asimilada al alta en la Seguridad Social, y no haber alcanzado la edad mínima para jubilarse para poder cobrar el paro.

El importe de la prestación contributiva por desempleo se calcula en función del promedio de la base de cotización del trabajador durante los últimos 180 días trabajados. Durante los primeros 180 días, el trabajador recibe el 70% de dicha base, y a partir del día 181, el importe se reduce al 50%. Sin embargo, hay límites máximos y mínimos que dependen de diversos factores, como el número de hijos a cargo.

El paro tiene una duración que varía según el tiempo cotizado, desde un mínimo de 4 meses hasta un máximo de 24 meses. Además, recibir esta prestación conlleva el compromiso por parte del beneficiario de participar en actividades, cursos de formación o acciones de búsqueda activa de empleo propuestas por los servicios de empleo.

El subsidio por desempleo

El subsidio por desempleo es una ayuda destinada a aquellos trabajadores que, habiendo agotado la prestación contributiva o no reuniendo los requisitos para acceder a ella, se encuentran en situación de desempleo y necesidad económica.

Para acceder al subsidio por desempleo es necesario cumplir con varios requisitos, como estar en situación legal de desempleo, haber agotado la prestación contributiva (en algunos casos), no tener ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (excluyendo la parte proporcional de dos pagas extraordinarias), entre otros. Además, existen distintos tipos de subsidios enfocados a diferentes colectivos, como mayores de 45 o 52 años, emigrantes retornados, liberados de prisión, entre otros.

El importe del subsidio por desempleo se establece en el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Este importe es fijo y no varía en función de las cotizaciones previas del trabajador. En la actualidad el IPREM se sitúa en 600 euros al mes por lo que el importe de este subsidio sería de 480 euros mensuales.

Diferencias entre la prestación contributiva y el subsidio por desempleo

Las principales diferencias entre estas dos ayudas residen en los requisitos para su obtención, su duración, y el cálculo de su importe. Mientras que la prestación contributiva se basa en las cotizaciones previas y tiene una duración y un importe vinculados a estas, el subsidio por desempleo está orientado a quienes se encuentran en una situación de necesidad económica tras agotar la prestación contributiva o no reunir los requisitos para acceder a ella, ofreciendo un importe fijo basado en el IPREM.

A la prestación se accede con un mínimo de 360 días cotizados y durante el tiempo que se percibe, el desempleado también está contribuyendo a su jubilación o su cobertura sanitaria. El subsidio, no.

La duración del subsidio dependerá del número de meses cotizados y de las responsabilidades familiares del solicitante.

  • Con responsabilidades familiares: subsidio durante tres, cuatro o cinco meses, en proporción al número de meses cotizados. El subsidio durará 21 meses si ha cotizado seis meses o más.
  • Sin responsabilidades familiares: el subsidio durará seis meses si ha cotizado seis meses o más, sin llegar a los 360 días.