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Luis Segovia

Amistades peligrosas y planes de urbanismo

Castedo y Ortiz comparten palco en el Rico Pérez durante la alcaldía de la popular.

La sentencia de la Audiencia Provincial sobre el llamado caso PGOU de Alicante, sienta dos principios: uno, que las amistades pueden ser peligrosas en urbanismo entre alcaldes y constructor promotor, pero no son delictivas; y dos, que el plan urbanístico es público, por lo que no puede existir el delito de información privilegiada. 

Acusaban como delito de cohecho a la alcaldesa de haber aceptado del constructor urbanista un viaje gratis en un yate a Ibiza. Dice la ponente de la sentencia con un poderoso argumento que no es un regalo, dádiva o promesa a un funcionario en razón de su cargo, es una invitación a un amigo que, de todas maneras el constructor tenía que ir a Ibiza, por lo no hay un empobrecimiento de su patrimonio para enriquecer al de la alcaldesa. -Me he enterado que se va de viaje a Ibiza, amigo promotor, ¿me puede llevar con usted?. -No faltaba más, puede venir y con su familia en mi yate, no me supone ningún gasto extra.

También procede la absolución de la alcaldesa por el regalo de una chaquetilla lujosa, semejante a los trajecitos del entonces Presidente valenciano, pues aunque ha cometido el delito de cohecho, éste ha prescrito por el trascurso de cinco años, desde que los jueces y fiscales se enteraron e imputaron.

Se le acusaba a la alcaldesa de haber recibido el regalo de un coche Mini que fue a parar a su asesora, pero ésta dice muy indignada, que fue un regalo de su marido por su cumpleaños, y sacando parte del dinero al cuarto día de la entrega del coche, le pagó el dinero en mano en varias ocasiones al vendedor, que era hermano del constructor, dice la sentencia que pudo ese dinero ser destinado para otras compras, que no fuera el dichoso coche, pero como en derecho penal existe la regla de in dubio pro reo, procede otra absolución. Preguntamos, si sacó el dinero de la cuenta y fue pagando en mano, ¿qué diablo de regalo marital fue ése?.

En cuanto los planes de urbanismo que son públicos, nos recuerda la frase que la ley es igual para todos aunque hay algunos más iguales que otros. Si usted está interesado en un plan de urbanismo y quiere sugerir ciertas correcciones para sus intereses, en primer lugar debe pedir cita al organismo correspondiente, se la darán tal vez después de varios meses, le recibirá no el jefe ni mucho menos el alcalde, sino un subordinado de un subordinado que apenas sabrá de que se trata, le entregará unos planos que no le interesan, los otros están ocultos o aun no están terminados, si quisiera hacer alguna alegación debe hacerla por escrito y presentarla en la secretaría con acuse de recibo. En cambio, si es usted amigo del alcalde o alcaldesa tendrá una entrevista, y no precisamente en el ayuntamiento ni en su oficina ni en horas de audiencia, sino en un lugar discreto o reservado, para poder informarse o defender sus intereses, le escucharán detenida y amablemente, tomarán nota y le entregarán cualquier información que le interese, o directamente puede entregar un pequeño plano donde subrayará con lápiz azul las zonas que le interesan que ellos lo verán con buenos ojos, y disponiendo lo adecuado para conseguir su objetivo. Sí, los planes de urbanismos son públicos, especialmente públicos para los amigos que hacen regalos e invitaciones, y los ciudadanos pueden sospechar, sólo sospechar que intentarán las autoridades actuar en favor de los intereses privados del promotor dadivoso, y no en interés de la ciudad de la que deben ser defensores los alcaldes.

Salvo un pequeño regalo del promotor al alcalde, a los cuales les fue impuesta una pequeña multa, todos lo demás han sido absueltos, pues no hay prueba de que se haya amañado el plan en beneficio del constructor, absuelto incluso un promotor ilicitano, que el pobre se declaró culpable y admitió que había pagado 116.000 euros al bufete del hermano de la alcaldesa para que le recalificaran terrenos. Pero donde caben tres absoluciones caben igualmente cuatro, y pelillos a la mar

Alguna autoridad y políticos del partido de los propios acusados, se quejan de que atacaron su dignidad durante varios años, cuando han resultado inocentes de los delitos por los que se les acusaba. Incluso un articulista se atreve a decir que el culpable de la larga tramitación es el fiscal anticorrupción, olvidando que presentó pruebas e indicios suficientes para que el juez de instrucción imputara formalmente de los delitos y que la sentencia aún no es firme, pues se va a recurrir. Hay que recordar que la propia sentencia absolutoria dice que las partes acusadas formaron una “trama inmoral”, y la inmoralidad en el ejercicio de sus cargos es suficiente para que tuvieran que dimitir y por ello la investigación del proceso por el juez de instrucción y la acusación por el fiscal anticorrupción, no supone precisamente ningún gratuito ataque a las dignidades de sus cargos de alcaldes sospechosos y alguno castigado con pena leve. Lo que se está queriendo es que el fiscal anticorrupción ante indicios graves de corrupción política, que no investigue, que no siga indagando, y que no acuse, porque afecta a políticos inmorales, eso sí, pero no delincuentes del todo. Que se esté quieto y deje continuar la fiesta.

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