Mundo digital

Banca y protección de datos

Fachada del banco del BBVA.

Fachada del banco del BBVA. / EP

Enrique Benítez

Enrique Benítez

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha publicado en las últimas semanas dos resoluciones que afectan al BBVA, la segunda entidad financiera española. La más reciente, muy compleja, contempla una propuesta de sanción que supera el millón de euros. Pero por su interés conviene detenerse en la primera de ellas, que ha tenido cierto recorrido mediático: en julio de 2021, una mujer perdió su DNI en la estación de tren de Venecia-San Marcos. Tras presentar la correspondiente denuncia a su regreso a España, otra mujer se personó con su documentación en una oficina del BBVA y logró sacar todo el dinero de su cuenta corriente (9.400 euros). La denunciante reclamó al banco por su negligencia, ya que quien atendiera a la mujer que la suplantó no se tomó la mínima molestia de verificar su parecido físico o la veracidad de la firma. Pidió la devolución del dinero que tenía en la cuenta -a lo que accedió el banco- y un 20% adicional por daños y perjuicios. Esta segunda petición no fue atendida.

Esta mujer, además, se dirigió a la AEPD al considerar que el BBVA había actuado con negligencia. De la lectura de la resolución de propuesta de sanción se desprende que el banco, entre otras cuestiones, aduce en su defensa que existe una recomendación del Banco de España a la clientela de la banca para que comuniquen lo antes posible cualquier robo o pérdida de tarjetas o DNIs, para poder activar así los protocolos de defensa. No lo hizo así esta persona, aunque sí que presentó la denuncia en las dependencias policiales.

Tras su investigación, la AEPD propone dos sanciones, que suman 70.000 euros. La primera, de 50.000, por vulneración del artículo 6.1 del Reglamento General de Protección de Datos: queda acreditada una “grave falta de negligencia que hubiera sido vencida si se hubieran atendido correctamente los procedimientos y protocolos implantados, cotejando y verificando correctamente tanto la fotografía como la firma del documento que se le presentaba”. La segunda, por 20.000, por incumplimiento del artículo 32, ya que además del dinero, facilitaron a la suplantadora datos de la propia cuenta corriente.

Es muy posible que el BBVA recurra esta sanción, pero conviene analizar los hechos. Una mujer pierde su DNI en Venecia y otra mujer se presenta con ese mismo DNI en una sucursal de su entidad financiera en España y consigue que le den, sin comprobar nada, el dinero depositado en la cuenta de la titular del documento. Para pensar.