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Un año con la nueva ley: la transparencia es ahora la gran arma del Síndic de Greuges

El marco legal que obliga a airear las resoluciones de la Sindicatura y la Administración brinda mayor contundencia frente a casos de abusos y mala praxis. La institución publicará un ranking de las instituciones que menos colaboran

El Síndic de Greuges, Ángel Luna, acude a las Cortes a registrar el informe anual de la institución del ejercicio 2021. Biel Aliño

El Síndic de Greuges cumple su primer año de actividad regulada por el marco normativo en vigor. La ley que determina las nuevas funciones del defensor del pueblo de la Comunidad Valenciana, aprobada por las Cortes en marzo de 2021, ha normativizado la ampliación de sus atribuciones y, además, ha implementado cambios en los procedimientos que no han pasado ni mucho menos desapercibidos. La transparencia, dice el propio Ángel Luna, se ha convertido ahora en la «gran arma» de la institución estatutaria, que ha visto cómo la obligatoriedad de hacer públicas todas las resoluciones e informes, tanto de la propia Sindicatura como de ayuntamientos y consellerias, les ha dado «mucha más fuerza» a la hora de denunciar malas prácticas o abusos de la Administración. Eso es algo que no ha estado exento de polémica y que ha generado sonoros enfrentamientos con cargos políticos de relevancia. 

Estos son los principales cambios experimentados en el último año de funcionamiento al amparo de la nueva legislación: 

PUBLICITAR RESOLUCIONES

Dar a conocer las respuestas de las administraciones e informes adicionales 

La legislación establece ahora obligaciones en materia de publicidad de las resoluciones, de forma que insta a hacerlas públicas incluyendo, además, los informes que las administraciones remiten a la Sindicatura en la tramitación de los expedientes. La diferencia con respecto a cuando se operaba con el marco normativo anterior radica en que ahora se va más allá de publicar las resoluciones de consideraciones a la Administración, de forma que con las resoluciones de cierre se airean situaciones que antes hubieran pasado desapercibidas. Uno de los asuntos más polémicos ocurrió cuando se hizo pública una en la que el Síndic acusaba a la conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, liderada por la vicepresidenta del Consell, Mónica Oltra, de obstaculizar una investigación sobre los centros de protección específicos de menores con problemas de conducta. La situación desembocó en un cruce de acusaciones sin precedentes y una investigación de oficio que desveló contratos vencidos, impagos a los centros y supervisión insuficiente, recordando incluso a la conselleria la obligatoriedad de recabar el consentimiento informado de jóvenes que reciben medicación. También se han conocido respuestas de este departamento del Consell en las que, de forma sistemática, se ha negado a contestar a los requerimientos de la institución, escudándose en que la falta de personal le impide atender las peticiones de información en los plazos estipulados por ley, a lo que el Síndic le ha contestado que esa es una cuestión que compete a la organización del Gobierno autonómico al que ella misma pertenece, y advirtiéndole de que está obligada a cumplir la ley en lugar de excusarse en cuestiones de índole organizativa.

CAMBIOS JURÍDICOS

Respaldo legal para proponer modificaciones normativas en defensa del ciudadano

La normativa actual precisa de una manera más clara el alcance de las resoluciones que puede realizar la Sindicatura. En esa línea, el defensor del pueblo valenciano está facultado para pedirle a una administración que resuelva en los plazos establecidos por las leyes; recordarle el derecho del ciudadano a una buena administración o proponer modificaciones de normas. Eso es algo que ya podía realizar anteriormente, pero ahora es una facultad que se ejerce con un respaldo legal taxativo. En ese sentido, la institución que preside Ángel Luna ha reclamado, por ejemplo, cambios a la Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática que encabeza el vicepresidente segundo del Consell, Héctor Illueca, respecto a la gestión de las ayudas al acceso a la vivienda debido a las trabas para su acceso. La sindicatura determinó que se han vulnerado los derechos de algunas de las personas que han registrado quejas y exigió cambios en la normativa porque, a su juicio, obligar a la tramitación telemática de las solicitudes, tener que inscribirse en un registro que caduca a los dos años o tener que estar pendientes de las ayudas al alquiler que se van publicando «supone no entender a qué tipo de sector social se dirigen» estas ayudas y «no es la manera de aplicar el derecho a una vivienda». 

Otra de las recomendaciones que el Síndic ha propuesto ha sido la de cambiar el artículo 128 de la Ley 8/2010, de 23 de junio, de Régimen Local de la Comunidad Valenciana para acabar con los «graves atentados al derecho a la participación política» que sufren, especialmente, los concejales de la oposición. Luna considera que es fundamental acabar con los subterfugios que utilizan los alcaldes para negar la información a determinados ediles, amparándose en que la norma, que es más antigua que la Ley de Transparencia, recoge la obligación de facilitar documentación de los asuntos que vayan a ser tratados en pleno. Es por ello que el Síndic reclama una modificación para que quede claro que un edi90l tiene derecho a conocer todo lo que conoce un alcalde.

 

POBLACIÓN VULNERABLE

Se reconocen como sectores preferentes en las actuaciones del Síndic

La nueva ley permite actuar sobre cuestiones que anteriormente no estaban tan claras. Antes, el Síndic solo podía actuar en el ámbito del ordenamiento jurídico que regula derechos fundamentales, pero ahora tiene un campo de actuación mucho más amplio. Además, los sectores vulnerables de la población se han convertido por ley en preferentes para el defensor del pueblo valenciano, por lo que prestarles la debida atención ya no es algo que dependa de la voluntad del Síndic.

FOCO EN LOS INCUMPLIDORES

Mecanismo de presión para señalar a quienes dan plantón  de forma sistemática

En pocas semanas, la página web del Síndic de Greuges incluirá un ranking en el que se incluirá a las administraciones que más se saltan los plazos para contestar a los requerimientos del defensor del pueblo, algo que es obligatorio. Se trata de una fórmula ideada para sacar los colores a las administraciones locales y consellerias que no cumplen el plazo de contestar en un mes o solicitar una ampliación por un mes más. Antes, en cambio, no había plazos definidos, lo que eternizaba algunos de los procesos cuando no había voluntad de cooperar.

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