La acusación del caso Sala al Constitucional: la decisión de devolver un veredicto no puede quedar exenta de control

El abogado de Vicente Sala sostiene que el Supremo no vulnera ningún derecho a Miguel López por ordenar repetir el juicio por el crimen de su suegra, una vista anulada debido a los graves errores procesales que se cometieron 

El abogado Francisco Ruiz Marco,  acusador particular en nombre del hijo de la víctima.

El abogado Francisco Ruiz Marco, acusador particular en nombre del hijo de la víctima. / HECTOR FUENTES

Mercedes Gallego

Mercedes Gallego

 Ningún derecho fundamental se ha vulnerado a Miguel López, acusado del asesinato de su suegra, María del Carmen Martínez, con la decisión del Supremo de volver a juzgarle por este crimen una vez constatados los graves errores procesales que se cometieron en el primer juicio, lo que provocó su anulación.

Una vista de la que salió absuelto después de que la presidenta del tribunal, la magistrada Francisca Bru, devolviera al jurado un primer veredicto condenatorio por una supuesta falta de motivación que nunca puedo ser constatada porque no permitió que las partes tuvieran acceso al acta y después se destruyo.

El abogado Francisco Ruiz Marco, quien ejerce la acusación particular en nombre del hijo mayor de la víctima, sostiene que la resolución del Supremo en la que se acuerda la repetición del juicio «es absolutamente respetuosa con la dignidad y con la consideración propia y social del señor López» quien, además, «ha obtenido de este órgano judicial dos respuestas (en alusión a su réplica a la casación y al incidente de nulidad, ambas contrarias a sus intereses) motivadas y dictadas tras una tramitación procesal respetuosa con todos sus derechos (...) cuestión distinta es que no le satisfagan».

Miguel López, en primer plano, junto a su letrado, Javier Sánchez-Vera.

Miguel López, en primer plano, junto a su letrado, Javier Sánchez-Vera. / RAFA ARJONES

Ruiz Marco realiza estas consideraciones en el detallado escrito en que responde a la demanda de amparo que el letrado Javier Sánchez-Vera, defensa del acusado, presentó ante el Tribunal Constitucional (TC), órgano que a tres días hábiles de inicio del segundo juicio, señalado para el pasado 3 de mayo, notificó la admisión del recurso y ordenó cautelarmente aplazar la vista hasta que se pronuncie sobre el fondo del asunto. 

El crimen se perpetró hace casi siete años, a media tarde del 9 de diciembre de 2016 en el negocio de automoción propiedad de la familia Sala que regentaba el encausado, a quien la acusación pública y la particular imputan los delitos de asesinato y tenencia ilícita de armas. María del Carmen recibió dos tiros en la cabeza. 

Sobre la «especial trascendencia constitucional» y la oportunidad para «introducir nuevos criterios de proporcionalidad» alegada por el TC cuando admitió la demanda de amparo, Ruiz Marco apunta que este caso «no sólo presenta la quiebra de las reglas esenciales del proceso sino que trascendiéndolo, cierra el paso futuro a una interpretación de la Ley del Jurado que exima la crítica decisión de devolver un veredicto de todo control jurisdiccional, por lo que no parece ser la ocasión para la introducción de nuevos criterios que impidan declarar la nulidad de una sentencia que en la que se ha constatado la vulneración del derecho a un proceso justo».

Apoyado en abundante jurisprudencia, mucha del propio TC, sobre resoluciones absolutorias de asesinatos, Ruiz Marco responde a la defensa de López cuando habla de las consecuencias «devastadoras» que la repetición del juicio le acarrearían a su cliente. «Acaso prescinde de las consecuencias, también devastadoras, para el hijo que ha perdido a su madre asesinada de dos tiros, tras lo cual no ha merecido siquiera un juicio justo», espeta el letrado. 

Argumentos ante la demanda de amparo

«Cuando la defensa de López esgrime las consecuencias devastadoras que otro juicio tendría para su cliente prescinde de las consecuencias, también devastadoras, para un hijo que ha perdido a su madre asesinada de dos tiros en la cabeza y no ha merecido siquiera un juicio justo»

«El señor López ha obtenido del Supremo dos respuestas (a la réplica a la casación y al incidente de nulidad) dictadas tras una tramitación procesal respetuosa con todos sus derechos, (...) cuestión aparte es que no le satisfagan»

«Pese a denunciarlo, el demandante (por la defensa de Miguel López) no incluye una argumentación concreta dirigida a explicar por qué la sentencia del Supremo le parece arbitraria»

«Si el Supremo tenía ya establecido que se debe abrir el trámite de la audiencia a las partes, y si no se procede a abrirlo conforme a la ley, y no se les entrega el veredicto que se pretende devolver y no puede alegarse, resulta patente que se genera indefensión material, que se reitera y agrava si finalmente el acta se destruye»