Un Juzgado de Torrevieja ha abierto un procedimiento abreviado contra el exalcalde del municipio Pedro Ángel Hernández Mateo por un delito contra las garantías individuales por no haber convocado nueve plenos ordinarios entre 2003 y 2006.

El auto de incoación de palo -da por finalizada la instrucción y abre el procedimiento abreviado- ha sido acordado por la titular del Juzgado de Instrucción 4 de Torrevieja, Isabel Flor.

La causa será remitida a la Fiscalía y demás partes acusadoras personadas para que pidan el sobreseimiento de las actuaciones o la apertura de un juicio oral a través de un escrito de acusación y, en su caso, la práctica de nuevas diligencias.

Contra la resolución, según recoge el texto de la misma y a la que EFE ha tenido acceso, cabe interponer un recurso de reforma.

Esta causa, que tiene su origen en una denuncia presentada en 2006 por el Grupo Municipal Los Verdes, fue remitida el pasado mes de febrero por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) a los juzgados de Torrevieja después de que Hernández Mateo perdiera su condición de aforado como diputado autonómico.

El exalcalde renunció a su escaño en la cámara autonómica en diciembre de 2012 tras ser condenado por el TSJCV a tres años de prisión y nueve de inhabilitación por prevaricación y falsedad documental en la adjudicación del servicio municipal de recogida de basuras en 2004.

La denuncia de los ecologistas llegó al TSJCV después de que la Audiencia Provincial de Alicante reabriera la investigación tras el recurso que presentó la formación política al archivo de la diligencias ordenada por el Juzgado de Instrucción 4.

Aunque Los Verdes consideraron que los hechos -la no convocatoria de diez plenos- se ajustaban a presuntos delitos de prevaricación y de funcionario público contra los derechos cívicos, la Audiencia sólo reabrió el caso por este segundo delito, contemplado en el artículo 542 del Código Penal.