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El TSJ tramita el recurso de Unidas Podemos contra la ordenanza de la mendicidad de Alicante

El alto tribunal admite a trámite el texto presentado por los concejales de la coalición morada frente a la norma impulsada por el bipartito de PP y Cs que lleva dos semanas en vigor

Un hombre duerme en la calle, una acción que ahora puede ser multada con hasta 750 euros Axel Alvarez

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha admitido a trámite el recurso presentada por Unidas Podemos contra la ordenanza de la mendicidad y la prostitución de Alicante, conocida oficialmente como la Ordenanza de Convivencia Cívica, que entró en vigor hace casi dos semanas tras ser aprobada en pleno a mediados de febrero con los votos a favor de PP, Ciudadanos y Vox. La izquierda y entidades sociales como Cáritas, además del propio obispo, se posicionaron en contra de la norma, que incluye multas de hasta 750 euros por dormir en la calle.

Según la providencia de admisión a trámite, ahora se abre un periodo de nueve días para que el Ayuntamiento remita el expediente administrativo. Contra esta primera resolución de trámite, se puede interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días.

Apenas unos días antes de que entrase en vigor la ordenanza, Unidas Podemos reclamó al TSJCV la suspensión cautelar de la norma y en particular de dos artículos (el 22 bis y el 26.1), que prohíben dormir en la calle y ejercer la prostitución. Así constaba en el recurso presentado ante el alto tribunal por la formación política, en el que defienden que se vulneran "principios y derechos constitucionales".

En concreto, el recurso hace alusión a los Objetivos de Desarrollo Sostenibles de Naciones Unidas, la Estrategia Europa 2020 de la Comisión Europea, la Agenda Urbana de la Unión Europea, un dictamen del Comité de Regiones de la UE, junto a artículos de la Constitución Española, como el referido a la "dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social" y el relativo a que "los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social", entre otros.

El texto que está en marcha desde finales de marzo incluye multas de hasta 500 euros por el ofrecimiento de servicios o productos, siempre que no hayan sido demandados por el usuario, como tarot, videncia, masajes, tatuajes, espectáculos circenses o de malabarismos, indicaciones de aparcamiento, ordenación y vigilancia de vehículos, limpieza de parabrisas, pañuelos, mecheros o similares, en espacios públicos y a personas que se encuentren en el interior de vehículos privados o públicos, a cambio de una cantidad de dinero o donativo.

Además, ya se puede multar con hasta 750 euros por dormir en la calle. En concreto, según la redacción de la ordenanza aprobada, estará castigado "acampar en las vías y los espacios públicos, acción que incluye la instalación estable en estos espacios públicos, sus elementos o mobiliario de tiendas de campaña, tenderetes, colchones, vehículos, autocaravanas o caravanas, salvo autorizaciones para lugares concretos, y tampoco estará permitido dormir de día o de noche en estos espacios". Desde el gobierno municipal se aseguró, durante la celebración del pleno de marzo, que todavía no se ha interpuesto ninguna sanción en aplicación de la ordenanza, que también incluye otro tipo de infracciones. Entre esos actos que pueden ser sancionados destacan siete de carácter leve, es decir, con multas hasta los 750 euros: ir desnudo o con el torso totalmente desnudo por la vía pública, salvo en las playas, paseos marítimos colindantes, piscinas u otros espacios donde esté expresamente autorizado; que los vehículos estacionados en espacios públicos abiertos produzcan ruidos innecesarios con aparatos de alarma o de señalización de emergencia.

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