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La Policía Local ya puede multar con 750 euros por dormir en la calle en Alicante

La controvertida ordenanza de Convivencia Cívica, que pasó por Junta de Gobierno en octubre de 2020 y se aprobó definitivamente en pleno en febrero de este año, contiene hasta 29 infracciones, incluidas sanciones contra la mendicidad y la prostitución

Una persona sin recursos, cerca de dos policías locales, este viernes en Alicante Axel Alvarez

Un año y medio después de que el gobierno municipal de PP y Ciudadanos lanzaran la ordenanza contra la mendicidad y la prostitución [aquí se puede consultar], la controvertida norma, rechazada por la izquierda y por entidades sociales, Cáritas incluida, y criticada hasta por el obispo, ya está en vigor.

El documento, que se aprobó definitivamente a mediados de febrero con los votos a favor de PP, Ciudadanos y Vox, ya puede ser aplicado por la Policía Local de Alicante. Según el alcalde, Luis Barcala, los primeros objetivos de los agentes será luchar contra el vandalismo y contra los gorrillas. Sin embargo, la ordenanza incluye otras muchas infracciones, hasta 29.

Entre las más polémicas, multas de hasta 500 euros por el ofrecimiento de servicios o productos, siempre que no hayan sido demandados por el usuario, como tarot, videncia, masajes, tatuajes, espectáculos circenses o de malabarismos, indicaciones de aparcamiento, ordenación y vigilancia de vehículos, limpieza de parabrisas, pañuelos, mecheros o similares, en espacios públicos y a personas que se encuentren en el interior de vehículos privados o públicos, a cambio de una cantidad de dinero o donativo. También se pueden multar las indicaciones de aparcamiento, ordenación y vigilancia de vehículos, limpieza de parabrisas.

Además, se puede multar con hasta 750 euros por dormir en la calle. En concreto, según la redacción de la ordenanza aprobada, está castigado "acampar en las vías y los espacios públicos, acción que incluye la instalación estable en estos espacios públicos, sus elementos o mobiliario de tiendas de campaña, tenderetes, colchones, vehículos, autocaravanas o caravanas, salvo autorizaciones para lugares concretos, y tampoco estará permitido dormir de día o de noche en estos espacios".

Este es el artículo que ha criticado el obispo Munilla, quien ha asegurado que "no tiene sentido prohibir dormir en la calle".

Con hasta 3.000 euros está castigado realizar "conductas que, bajo apariencia de mendicidad o de manera organizada, representen actitudes coactivas o de acoso, u obstaculicen e impidan de manera intencionada el libre tránsito de la ciudadanía por los espacios públicos, cuando se ejerzan directa o indirectamente con acompañamiento de menores o de personas con diversidad funcional".

El texto, tras las alegaciones de última hora incluidas a propuesta de Ciudadanos (que en un primer momento apoyó el documento impulsado por el PP de Barcala), incluye cláusulas sociales en el documento, además de romper la equiparación de las multas a las mujeres prostituidas y a los hombres que solicitan los servicios. 

Así, la ordenanza recoge, entre otras acciones, que el Ayuntamiento debe adoptar "todas las medidas sociales a su alcance para erradicar el ejercicio de la mendicidad en cualquiera de sus formas en Alicante y para dotar a todos los ciudadanos de Alicante de una vivienda digna" y que los "agentes de la autoridad, o en su caso el personal de los servicios sociales, informarán a las personas que ejerzan la mendicidad de los servicios de atención social a los que puedan acudir para recibir el apoyo que sea necesario para el abandono de estas prácticas".

Una persona pide dinero, este viernes en la Rambla Axel Alvarez

Respecto a la prostitución, el Ayuntamiento tiene que "coordinar las actuaciones de atención social dirigidas a las personas que se encuentren en situación de prostitución en Alicante". Además, también se incluyeron a propuesta de Ciudadanos cambios en la fase de alegaciones en el apartado económico, ya que las sanciones a las mujeres prostituidas pasaron a ser consideradas leves (de 100 a 750 euros), mientras que se mantuvieron como graves la petición de los servicios (de 750,01 a 1.500 euros).

El artículo en cuestión habla de "llevar a cabo prácticas sexuales y el ofrecimiento, solicitud, negociación y aceptación directa o indirecta de servicios sexuales en la vía pública, cuando estas prácticas afecten a la convivencia ciudadana".

Pero la Ordenanza de Convivencia Cívica no solo habla estrictamente de mendicidad y prostitución, también incluye otro tipo de infracciones. En total, son 43 artículos. Entre esos actos que ya pueden ser sancionados destacan siete de carácter leve, es decir, con multas hasta los 750 euros: ir desnudo o con el torso totalmente desnudo por la vía pública, salvo en las playas, paseos marítimos colindantes, piscinas u otros espacios donde esté expresamente autorizado; que los vehículos estacionados en espacios públicos abiertos produzcan ruidos innecesarios con aparatos de alarma o de señalización de emergencia.

También está sancionado escuchar música por encima de los niveles permitidos utilizando los reproductores y altavoces de los vehículos para su escucha fuera del mismo, realización de actividades que obstruyan el tráfico rodado, pongan en peligro la seguridad de las personas o impidan de manera manifiesta el libre tránsito de las personas por aceras, plazas, avenidas, pasajes o bulevares u otros espacios públicos.

A su vez, se incluye entre las infracciones la práctica de acrobacias y juegos de habilidad con bicicletas, patines o monopatines fuera de las áreas destinadas, el juego con balones u otros instrumentos en los espacios públicos, que cause perjuicios a terceros, daños en bienes de uso público o se realice a horas impropias, el ofrecimiento de servicios o productos, de manera persistente o intimidatoria, siempre que no hayan sido demandados por el usuario, tales como tarot, videncia, masajes, tatuajes, espectáculos circenses o de malabarismos también está sancionado.

Una persona hace indicaciones para aparcar, frente al Postiguet Axel Alvarez

Respecto a las infracciones que se considerarán graves, al margen de las vinculadas a la mendicidad y la prostitución, que estarán sancionadas con multas que van entre los 750,01 y los 1.500 euros, destacan la realización de grafitis, pintadas, manchas, garabatos, escritos, inscripciones o grafismos con cualquier material (tinta, pintura, materia orgánica o similares) o instrumento (aerosoles, rotuladores y análogos) o rayando la superficie sobre cualquier elemento del espacio público y, en general, en todos los bienes o equipamientos objeto de protección, la realización de grafitis y pintadas que supongan un daño para el entorno y se realicen en elementos de transporte público, parques y jardines y señales de tráfico.

También se sanciona la práctica de juegos con instrumentos u otros objetos que puedan poner en peligro la integridad física de los usuarios del espacio público, así como la integridad de los bienes, servicios o instalaciones, tanto públicos como privados, la utilización de escaleras para peatones, elementos para la accesibilidad de personas discapacitadas, barandillas, bancos, pasamanos o cualquier otro elemento del mobiliario urbano para realizar acrobacias con patines y monopatines.

Otras cuestiones reguladas son la realización o incitación a la realización de actos que atenten contra la libertad e indemnidad sexual o la ejecución de actos de exhibición obscena, aún cuando no constituya infracción penal, el acoso callejero, entendido como las prácticas ejercidas por una o varias personas, cargadas de connotaciones sexuales producidas en espacios públicos o privados que generen malestar a las personas que lo padece y cualquier actuación sobre el mobiliario urbano que sea contraria a su uso o destino o que implique su deterioro, ya sea por rotura, arranque, desplazamiento indebido, incendio, utilización de materiales o sustancias y cualquier otra actividad o manipulación que los ensucie, degrade o menoscabe su estética y su normal utilización.

Pintadas en un edificio, en la ciudad de Alicante Axel Alvarez

Además se recogen como infracciones graves la manipulación, alteración o modificación en las instalaciones o elementos de farolas, arquetas y cuadros eléctricos que produzcan la rotura de su luminaria, báculos, basamentos, conexiones interiores, rotura o sustracción de tapas y registros u otras similares que impliquen o impidan el normal funcionamiento de las instalaciones, la modificación y alteración en las instalaciones de juegos, zonas deportivas, duchas públicas, bancos, hornacinas, placas y elementos decorativos instalados en calles y plazas públicas de la ciudad, la modificación o alteración de los báculos, quioscos, cadenas, balaustradas, casetas, soportes publicitarios, rótulos identificativos de calles y del nomenclátor y demás elementos utilizados en los espacios públicos, destinados a señalizar e indicar el uso adecuado de los mismos, la a modificación o alteración de paradas de bus y de bicicletas de alquiler, marquesinas, señales de tráfico, semáforos y sus elementos, termometría, televisión y otros destinados a garantizar y utilizar los servicios de tráfico y transporte, la modificación o alteración de vehículos destinados al transporte colectivo de personas, así como de los elementos auxiliares o accesorios de los mismos, la manipulación, alteración o deterioro de monumentos y edificios públicos, así como de los basamentos, pedestales, columnas, cruces, azulejos conmemorativos y otros hitos identificativos que componen el patrimonio artístico-monumental de la ciudad, la manipulación de las papeleras y contenedores situados en la vía y espacios públicos, moverlas, arrancarlas, incendiarlas, volcarlas o vaciar su contenido en el suelo, hacer inscripciones o adherir papeles o pegatinas en las mismos y todo lo que deteriore su estética o entorpezca su uso, así como depositar petardos, colillas de cigarros u otras materias encendidas y materiales, instrumentos u objetos peligrosos.

Por último, consideradas infracciones muy graves, con sanciones de 1.500,01 a 3.000 euros, se encuentran otras acciones, al margen de la mendicidad y la prostitución figuran la realización de grafitis en monumentos, edificios o inmuebles catalogados o protegidos, la práctica de juegos en el espacio público y de competiciones deportivas masivas y espontáneas que perturben los legítimos derechos de la vecindad o de las demás personas usuarias del espacio público y llevar a cabo actos vandálicos que generen situaciones de riesgo o peligro para la salud y la integridad física de las personas.

Reacciones en el día "D"

La concejala socialista Llanos Cano ha indicado que "hoy es un día triste para Alicante porque entra la ordenanza de la vergüenza, la norma que persigue a la población más vulnerable". La edil ha afirmado que es una ordenanza que “criminaliza a los pobres y a las personas" en situación de prostitución. “No sabemos cómo Barcala va a querer que los pobres paguen sus multas, pero podemos tener una idea de cómo van a pagar las multas impuestas las personas en prostitución, gracias al Ayuntamiento que va a actuar de una manera inhumana”, ha añadido.

Desde Compromís, el portavoz municipal, Natxo Bellido, ha asegurado que su formación seguirá "trabajando" para "derogar" la ordenanza de la "vergüenza", "acompañados de la gente que quiere una ciudad abierta, inclusiva y cuidadora".

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