Así será la investidura de Barcala: "Queda proclamado alcalde de la muy heroica, leal y siempre fiel ciudad de Alicante..."

El Reglamento Orgánico de Pleno del Ayuntamiento de Alicante no deja mucho margen a la improvisación en un pleno de constitución que se celebrará, como marca la ley, veinte días después de las elecciones

Pleno de constitución del Ayuntamiento de Alicante, donde tomó posesion como alcalde Luis Barcala

Pleno de constitución del Ayuntamiento de Alicante, donde tomó posesion como alcalde Luis Barcala / Alex Dominguez

C. Pascual

C. Pascual

"Queda proclamado alcalde de la muy heroica, leal y siempre fiel ciudad de Alicante don Luis José Barcala Sierra por haber encabezado la lista que obtuvo mayor número de votos populares, al no haber alcanzado ningún candidato la mayoría absoluta de votos de los concejales". Así se espera que sea la investidura de Barcala como alcalde de Alicante. Será, salvo sorpresa de última hora, la tercera vez que el dirigente popular escuche la misma frase, ya que ni en 2018, tras la dimisión del socialista Gabriel Echávarri, ni en 2019, tras las elecciones municipales donde revalidó el cargo, consiguió el apoyo mayoritario del Pleno municipal.

Tampoco parece que la vaya a conseguir el próximo sábado, tal y como quedó acreditado este martes, durante la ronda de contactos abierta por el propio Barcala en busca del apoyo de un grupo para alcanzar los quince concejales a favor de su candidatura. En esas reuniones, todos los grupos que han obtenido representación en el Ayuntamiento anunciaron que votarían a su propio candidato, por lo que de no haber cambios de última hora Barcala se quedará con catorce cruces a su favor.

Previamente a la votación, se debe proceder a la constitución del Ayuntamiento, tal y como señala la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) y recoge el Reglamento Orgánico de Pleno (ROP). "El Ayuntamiento se constituye, en sesión pública, el vigésimo día posterior a la celebración de las elecciones, salvo que se hubiese presentado recurso contencioso electoral contra la proclamación de los Concejales electos, en cuyo supuesto se constituirá el cuadragésimo día posterior a aquéllas", señala la ley, por lo que la sesión, como en el resto de ayuntamientos de España, se celebrará el sábado 17 de junio.

La sesión se celebrará en la Casa Consistorial, en el Salón Azul, como ha sido habitual en los últimos años, salvo en 2018, donde al tratarse de un cambio de alcalde en pleno mandato se realizó en el Salón de Plenos. El tripartito tanteó la posibilidad de sacar el acto del Ayuntamiento para hacerlo más próximo a la ciudadanía, pero finalmente no cambió la ubicación tradicional.

El acto arrancará con la llegada del secretario general del Pleno, que anunciará que por mandato legal se va a constituir la nueva Corporación, resultante de las elecciones recientemente celebradas el pasado 28M. A continuación, llamará a ocupar las sillas reservadas, agrupados por formaciones políticas, a los concejales proclamados, según el orden en que aparezcan en la certificación remitida por la Junta Electoral. El Secretario manifestará además que los concejales han presentado la declaración de intereses y que están, por lo tanto, en condiciones legales de tomar posesión del cargo.  

Seguidamente, se procederá a la constitución de la Mesa de Edad, que estará integrada por el concejal electo de mayor edad, que la presidirá hasta la toma de posesión del alcalde, y por el de menor edad. La Mesa comprobará las credenciales presentadas, junto a las certificaciones que al Ayuntamiento hubiera remitido la Junta Electoral. Los proclamados, para adquirir la plena condición de concejal, habrán de prestar el juramento o promesa de acatamiento a la Constitución, como exige el artículo 108 de la Loreg. Con ese trámite tomarán a su vez posesión del cargo de concejal, por lo que los miembros de la Mesa de Edad les impondrán la Medalla del Ayuntamiento y se les hará entrega de la insignia con el escudo municipal, como símbolos del cargo. 

Un detalle del pleno de investidura de hace ahora cuatro años en Alicante

Un detalle del pleno de investidura de hace ahora cuatro años en Alicante / ALEX DOMINGUEZ

Constituido el Ayuntamiento, se procederá entonces a la elección del alcalde, según recoge el ROP. Los candidatos al cargo serán aquellos concejales que encabecen sus correspondientes listas. "Todos ellos serán considerados candidatos, salvo que renuncien por escrito antes de la sesión, o de cualquier forma, antes de la votación", según señala la norma.

Si alguno de ellos obtiene la mayoría absoluta de los votos de los concejales es proclamado alcalde electo. No se espera que en la sesión del 17 de junio se alcance esa mayoría absoluta. Así que se deberá pasar al segundo de los supuestos: "Si ninguno de ellos obtiene dicha mayoría es proclamado alcalde el concejal que encabece la lista que haya obtenido mayor número de votos populares en el municipio de Alicante". En caso de que hubiera habido empate, que tampoco será el caso, se resolvería por sorteo.

Previa a la votación, los aspirantes tendrán un turno de intervención para defender su propuesta de candidatura. Hace cuatro años, dispusieron de cinco minutos.

La votación posterior será secreta, mediante unas papeletas en las que figurarán el nombre de los candidatos (Luis Barcala, Ana Barceló, Carmen Robledillo, Rafa Mas y Manolo Copé, salvo sorpresa de última hora) y la indicación de la lista electoral que encabezan, para que se ponga una cruz junto al aspirante elegido. Los concejales serán llamados uno a uno por el secretario en el orden de las listas más votadas.

Finalizado el escrutinio, el secretario general del Pleno dará cuenta en voz alta del resultado. Entonces, el presidente procederá a la proclamación del alcalde. Dado que no se espera mayoría absoluta, la frase que tendrá que pronunciar será: "Queda proclamado alcalde de la muy heroica, leal y siempre fiel ciudad de Alicante, don Luis José Barcala Sierra por haber encabezado la lista que obtuvo mayor número de votos populares, al no haber alcanzado ningún candidato la mayoría absoluta de votos de los concejales”. 

Seguidamente, el alcalde prestará juramento o promesa en relación con el nuevo cargo y el presidente de la Mesa de Edad le entregará la Medalla de la Alcaldía y el Bastón de mando, con lo que quedará investido de la autoridad con tratamiento de excelentísimo". La vara de mando que se le entregará será a priori nueva. Y es que el Ayuntamiento de Alicante ha adquirido un nuevo bastón, con un coste de 425 euros, a través de un contrato tramitado el pasado mes de febrero.

Entonces, el alcalde ya investido tendrá un nuevo turno de palabra en el que se suelen trazar las líneas generales de la acción de gobierno para los siguientes cuatro años, dando paso a los himnos y al cierre de un pleno de constitución y de investidura que suele prolongarse más allá de las dos horas de duración. Aunque los grupos que formarán la oposición están a la espera de conocer los detalles de la sesión.