La Justicia obliga al Ayuntamiento de Alicante a reiniciar una oposición de la Policía Local por irregularidades

El gobierno municipal deja abierto el futuro de los treinta aprobados, que ya ejercen como agentes en la ciudad, a la espera del resultado que obtengan los aspirantes que repitan unas pruebas que se retomarán en el examen psicotécnico con criterios nuevos

Agentes de la Policía Local de Alicante, en un acto público, en imagen de archivo

Agentes de la Policía Local de Alicante, en un acto público, en imagen de archivo / Jose Navarro

C. Pascual

C. Pascual

Vuelta a la casilla de salida. Por sentencia judicial del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), el Ayuntamiento de Alicante se ha visto obligado a reiniciar un proceso selectivo de la Policía Local del turno de movilidad, por el que se convocaron treinta plazas dentro de la Oferta Pública de Empleo de 2018. El auto judicial del tribunal, que llegó al Ayuntamiento el pasado 16 de junio de 2023, dio firmeza a las sentencias previas.

Según el acuerdo aprobado este martes en la Junta de Gobierno, el Ayuntamiento ejecuta las sentencias de los juzgados de lo contencioso-administrativo de Alicante, anulando las resoluciones impugnadas y retrotrayendo las actuaciones al momento anterior a la fijación de los criterios de valoración de la prueba psicotécnica para el turno demovilidad, estableciendo así criterios nuevos para que, según los recurrentes, "se ajusten a la realidad respecto a otros procesos selectivos convocados para cubrir puestos de trabajo de Agente de la Policía Local del Ayuntamiento de Alicante". Este proceso constaba de tres fases: psicotécnico, fase de méritos y reconocimiento médico, según fuentes sindicales.

Asi, en virtud del principio de igualdad, se debe repetir la prueba psicotécnica a todos aquellos que hubieran sido declarados "no aptos" en el primer ejercicio de la oposición. Por otro lado, se conservará la calificación obtenida por aquellos aspirantes que hubieran superado la calificación mínima en las sucesivas pruebas del proceso selectivo, así como las puntuaciones del concurso de méritos que hubieran obtenido.

El Ayuntamiento debe ahora convocar y celebrar el segundo ejercicio a los aspirantes que, en su caso, sean declarados aptos en la prueba psicotécnica, valorada con los nuevos criterios fijados, incluyendo en la lista de aspirantes "aptos" en el ejercicio segundo (reconocimiento médico) a los nueve recurrentes. Posteriormente, tendrá que continuar el proceso selectivo hasta su finalización, completando las fases.

Tal y como ha explicado este martes el portavoz del gobierno y responsable del área de Asesoría Jurídica, Manuel Villar, el Ayuntamiento procede a "ejecutar las sentencias del turno movilidad", lo que obliga a "repetir la prueba psicotécnica a los nueve recurrentes". "Habíamos esperado que una resolución del TSJ unificase criterios. A este proceso se presentaron 287 personas, de las que 73 aprobaron. El resto [recurriesen o no] pueden volver a presentarse", ha señalado el concejal, quien no ha querido pronunciarse sobre los efectos que podrá tener el reinicio del proceso para aquellos que consiguieron plaza en Alicante a través de un proceso que ahora la Justicia obliga a retrotraer a su fase inicial: "Hasta que no acaba el proceso no sabemos cómo quedarán, así que no vamos a hablar de futuribles hasta que no se produzcan. Cuando sea el momento, se valorarán posibles soluciones".

Fuentes sindicales defienden que "los treinta que aprobaron con plaza no los pueden cesar por el principio de buena fe que tiene fijado el Tribunal Supremo". Así, según aseguran, "en caso de aprobar los recurrentes, el Ayuntamiento les debe adjudicar nuevas plazas vacantes".

Idas y venidas

Este proceso lleva tiempo rodeado de polémica, y eso que no tiene nada que ver, aunque se celebraron en paralelo, con las oposiciones del turno libre que estuvieron marcados por las sospechas de fraude por supuesto enchufismo. En este caso, el Ayuntamiento llegó a asegurar que reiniciaría las oposiciones a Policía Local por los reveses judiciales recibidos. Sin embargo, apenas 24 horas después, el gobierno dio marcha atrás a volver al punto inicial el proceso de selección para la llegada de agentes a Alicante procedentes de otros municipios tras los recursos presentados contra sendas sentencias del Juzgado de lo Contencioso número 2 de Alicante.

Los jueces estimaron recursos contencioso-administrativo al considerar "que los criterios para valorar la prueba psicotécnica respecto del procedimiento de acceso por el turno de movilidad son arbitrarios, al exigir un nivel de respuesta a los factores de personalidad mayores que respecto a otros turnos (libre y consolidación), como son los de estabilidad emocional, sentido de la disciplina y autoridad, seguridad en sí mismo". La sentencia defendía que "las funciones que desarrollan los agentes que aprueben ambos turnos son las mismas, así como por establecer un nivel de aprobados del 25% que se correspondan con el de los aspirantes más capacitados desde el punto de vista psicotécnico". 

El TSJ, por su parte, también considera "desacertado" el criterio del Ayuntamiento "de aprobar tan sólo al 25% que demuestre estar más capacitado desde el punto de vista psicotécnico para actuar en este turno, el de movilidad, que la única singularidad que tiene es el de portar armas de fuego; es decir, rechazamos el criterio consistente en que apruebe el 25% que mejor se ajuste al perfil de personalidad previamente establecido, es decir, de las personas más estables emocionalmente".