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¿Cómo solicitar las ayudas de Benidorm para empresas de transporte de pasajeros, taxi y autoescuelas?

El Ayuntamiento de Benidorm ha aprobado prolongar hasta el 16 de septiembre el periodo de solicitud de estas ayudas, financiadas con una subvención de Diputación

¿Cómo solicitar las ayudas de Benidorm para empresas de transporte de pasajeros, taxi y autoescuelas?David Revenga

El Ayuntamiento de Benidorm ha ampliado hasta el próximo 16 de septiembre el plazo para solicitar las nuevas ayudas de hasta 1.000 euros dirigidas a autónomos y empresas de transporte de pasajeros, sector del taxi y autoescuelas. Así lo aprobó ayer la Junta de Gobierno Local (JGL) para “favorecer que el máximo número de autónomos y empresas se beneficien de esta línea de ayudas orientada a minimizar los efectos de la crisis económica derivada de la pandemia”, ha explicado con la concejal de Desarrollo Local, Mónica Gómez. La edil ha recordado que esta convocatoria se financia íntegramente a través de una subvención de 292.491 euros que el Ayuntamiento de Benidorm ha obtenido de la Diputación Provincial de Alicante. 

Gómez ha recordado que “con estas ayudas tratamos de aliviar la situación por la que han tenido que atravesar estos sectores durante la pandemia, a la que han sido muy sensibles y de la que todavía están tratando de remontar”. 

¿Quién puede solicitar la ayuda de Benidorm para empresas de transporte de pasajeros, sector del taxi y autoescuelas?

Según establecen las bases, pueden optar a esta ayuda las pymes, micropymes o empresarios autónomos con domicilio fiscal en Benidorm que definidos como tal en el Anexo I del Reglamento (UE) Nº651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, ejerzan su actividad en alguno de los siguientes CNAEs:

  • 4931 Transporte urbano y suburbano de pasajeros
  • 4932 Transportes de Taxi
  • 4939 Tipos de transporte terrestre de pasajeros
  • 5010 Transporte marítimo de pasajeros
  • 8553 Actividades de las escuelas de conducción y pilotaje

Requisitos para solicitar la ayudas para empresas de transporte, taxis y autoescuelas de Benidorm

Estos son los requisitos que deben cumplir los solicitantes de estas ayudas de hasta 1.000 euros:

  • Haber iniciado su actividad económica con fecha igual o anterior a 1 de diciembre de 2019 y mantener su actividad económica de alta en el momento de presentación de la solicitud de estas ayudas.
  • Que el domicilio fiscal se encuentre en el municipio de Benidorm.
  • Que el promedio mensual de facturación de los meses por lo que se vaya a solicitar la ayuda (que deben estar comprendidos entre el 1 de julio de 2021 y el 30 de junio de 2022) haya sido igual o inferior al promedio mensual facturado en los mismos meses en 2019.
  • Haber tenido gastos corrientes en los que efectivamente hayan incurrido los beneficiarios, que se hayan abonado, y que respondan de manera indubitada al mantenimiento de su actividad empresarial entre el 1 de julio de 2021 y el 30 de junio de 2022.
  • Estos gastos y su justificación no podrán haber sido presentados para la obtención y justificación de otras ayudas públicas.
  • El importe de las ayudas no podrá ser superior al importe de los gastos justificados por los beneficiarios. En dicho caso, la cuantía de la ayuda se minorará ajustándose a la cuantía justificada.
  • Que se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Tesorería General de la Seguridad Social, así como que no tenga deuda pendiente y cumpla con todas las obligaciones administrativas con el Ayuntamiento de Benidorm.
  • Que no se encuentre incursa en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • En el caso del sector del taxi y VTC, la ayuda solo se concederá al autónomo titular de VTC o de la Licencia Municipal de Taxi del Ayuntamiento de Benidorm (no a los autónomos colaboradores).

¿Cómo solicitar la ayuda de Benidorm para las empresas de transporte, taxis y autoescuelas?

Las personas físicas o jurídicas interesadas en solicitar la presente ayuda, presentarán la solicitud vía telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Benidorm en este enlace: https://sede.benidorm.org/catalogo-de-servicios/DIPCOV/

Para la solicitud telemática de estas ayudas se deberá disponer de firma electrónica avanzada. Al tratarse de un trámite de presentación, el interesado deberá de disponer de la firma debidamente instalada. De no disponer de firma electrónica avanzada, deberá acudirse a la representación a través de una persona que sí disponga de ella, acreditando la representación. Todo el procedimiento se desarrollará íntegramente por Sede, siendo el procedimiento íntegramente electrónico, por lo que todas las notificaciones y comunicaciones entre Ayuntamiento y solicitantes deberán seguir esta vía.

Además, sólo podrá presentarse una única solicitud por persona física o jurídica.

¿Qué documentos tengo que aportar?

Se presentará el modelo de solicitud de ayuda que deberá estar firmado por la persona interesada o su representante legal, dirigido al Ayuntamiento de Benidorm, y acompañado obligatoriamente de la siguiente documentación:

  • Documento de identidad de la persona física solicitante y, en su caso, de la persona que la represente. En caso de persona jurídica y demás entidades CIF expedido por Hacienda y escritura pública y estatutos o contrato privado de constitución de la entidad.
  • Modelo normalizado de Poder de representación telemática (ANEXO I), en el caso de representación para la realización por medios telemáticos del trámite del procedimiento.
  • Certificado actualizado de situación censal de la Agencia Tributaria, que indique la actividad económica con su fecha de alta y el domicilio fiscal, con fecha de emisión posterior al 31/12/2021.
  • Informe de Vida Laboral actualizado.
  • En el caso de taxistas, copia de la Licencia Municipal de Taxi del Ayuntamiento de Benidorm y en el caso de VTC, copia de la Licencia Autonómica de VTC.
  • Documento normalizado de domiciliación bancaria, debidamente cumplimentado, firmado y sellado por la entidad bancaria, (ANEXO III), o justificante de la entidad financiera que acredite la titularidad del solicitante y NIF.
  • Resolución/certificación del alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutua profesional correspondiente.
  • Modelo normalizado de Cuenta justificativa del gasto subvencionable realizado y Declaración responsable del cumplimiento de la BASE SEGUNDA, Punto 2.2, c) (ANEXO II) que deberá ir acompañado de los documentos justificativos de gastos: Facturas y documentos equivalentes correspondientes a los gastos incluidos como “Gastos Subvencionables” indicados en estas bases, acompañadas de la correspondiente acreditación del pago, y que necesariamente deberán corresponder al periodo subvencionable.

¿Cuáles son los gastos subvencionables?

  • La cuota de autónomos.
  • El alquiler mensual del local de negocio, debiendo figurar como arrendatario la persona física/jurídica solicitante de las ayudas.
  • Los gastos de consultoría y asesoría.
  • Los gastos de contratos de suministro de energía y agua del local de negocio.
  • Los gastos de servicio de telefonía e internet referidos necesariamente a la actividad.
  • Los gastos mensuales de contratos de servicios de seguridad del local de negocio.
  • Los gastos de contratos de mantenimiento de equipos afectos a la actividad.
  • Los gastos de intereses de préstamos de adquisición del local de negocio, debiendo figurar como titular del préstamo la persona física/ jurídica solicitante de la ayuda.
  • Las primas de seguros del local de negocio y/o del vehículo comercial afecto a la a actividad empresarial, debiendo figurar como titular la persona física/jurídica solicitante de la ayuda.
  • El alquiler de vehículos comerciales afectos 100% a la actividad.
  • Los gastos de intereses de préstamos de adquisición de vehículos comerciales afectos 100% a la actividad debiendo figurar como titular del préstamo la persona física/jurídica solicitante de la ayuda.
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