Benidorm no recurrirá la anulación del los pliegos de la basura y limpieza y los rehará con lo indicado por el TACRC

El gobierno local descarta la vía judicial y aprobará en el pleno aceptar lo dicho por el Tribunal como que el tiempo de concesión debe ser de dos años | Fue el PSOE quien recurrió el proceso

Una operaria del servicio de limpieza viaria de Benidorm.

Una operaria del servicio de limpieza viaria de Benidorm. / INFORMACIÓN

El Ayuntamiento de Benidorm va a rehacer los pliegos del contrato de limpieza viaria y recogida de residuos sólidos urbanos para adaptarlos a la resolución del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales (TACRC), que ha anulado varios puntos de los pliegos de condiciones para la licitación de este contrato aprobados en el pleno del pasado mes de diciembre. La propuesta para rehacer estos documentos, elevada por el edil de Limpieza Viaria, Luis Navarro, será aprobada el próximo miércoles en pleno, después de que este viernes haya sido dictaminada en la comisión informativa de Régimen Interior como paso previo a su inclusión en el orden del día del mismo.

Como ya publicó este diario, el TACRC anuló los pliegos de esta nueva macrocontrata atendiendo a cinco puntos concretos que se incluyeron en el recurso del PSOE y que se basaban en un informe del Interventor en el que se recogían seis "reparos" que no eran suspensivos y que el gobierno del PP "levantó" en el pleno del 18 de diciembre, cuando se aprobó el procedimiento para la licitación al contar con un informe favorable de la Intervención General de la Generalitat Valenciana y de la Junta Consultiva Superior de Contratación Administrativa de la Generalitat.

Tras conocerse la resolución del Tribunal, el alcalde Toni Pérez encargó a los departamentos de Contratación, Intervención, Ingeniería y Secretaría la elaboración de informes técnicos para adoptar las decisiones que fueran pertinentes.

Ahora se ha dado a conocer el contenido de esos informes. Los técnicos municipales recomiendan, por un lado, aceptar la resolución de este Tribunal y no recurrirla ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana por la vía Contencioso-Administrativa, puesto que este trámite podría demorar todavía más el procedimiento; y, por otro, rehacer la documentación técnica y económica obrante en el expediente, así como los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas, incorporando las indicaciones establecidas por el TACRC, para poder reiniciar de nuevo la licitación.

Así lo ha informado el gobierno local este viernes. Igualmente, la moción que será debatida en pleno también contempla notificar el presente acuerdo y la resolución del TACRC a las tres empresas que presentaron ofertas a esta licitación, con el fin de que se personen en el Departamento de Contratación, para comprobar el estado de las ofertas presentadas y proceder a su retirada; conservar todos los actos y trámites incorporados al expediente de contratación 106 /2021 de Contrato de servicio de Recogida de Residuos Sólidos Urbanos y Limpieza de los Espacios Públicos, no afectados por la resolución del Tribunal; efectuar todas las consultas a órganos consultivos que fueren preceptivas; y, por último, notificar al Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales la aceptación de sus indicaciones.  

La resolución del TACRC

El TACRC admitió el recurso del PSOE basado en cinco puntos que respondía a la duración del contrato, la construcción de una base logística, los criterios evaluables mediante fórmulas, y los de juicio de valor, este último admitido de forma parcial; y la omisión de parámetros para la determinación de las ofertas para aquellas consideradas como anormalmente bajas. 

Como ya publicó este diario, el PSOE siempre ha puesto el ojo en la duración del contrato que durará 15 años más uno de transición. Como ya dijo Intervención, los socialistas consideran que debería reducirse el tiempo a diez años que es la medida de vida útil de las maquinarias. El TACRC apuntaba que la alegación socialista "se halla debidamente motivada en una serie de informes y documentos técnicos que obran en el expediente".

Los socialistas, basándose en el informe de Intervención, también nombraron que la inversión en una base logística no está clara porque no se ha adquirido el terreno antes de la licitación de proceso y eso hace que les falte información a las empresas que se han presentado a la licitación. El Tribunal lo aceptó por "la indeterminación del proyecto" y por la misma razón que esgrime el PSOE.

En otro punto, los criterios evaluables mediante fórmulas, según la resolución, "son cuestionables en cuanto a que no se valora adecuadamente la reducción del precio de los licitadores" y dichas fórmulas "limitan la puntuación a obtener por los licitadores". Además, apuntaba que el pliego "incumple palmariamente" los requerimientos de la Ley de Contratos.

En lo referido a los criterios evaluables mediante juicio de valor "se pretende valorar la calidad / precio sin conocer el precio ya que lo único de lo que dispone el técnico valorador es el porcentaje de un precio desconocido". Todo ello cuando la legislación exige que estos criterios "estén correctamente definidos en el pliego" para "permitir que las ofertas sean evaluadas en condiciones de competencia efectiva". También dio la razón a los socialistas cuando señalan la omisión en los pliegos de la fórmula para fijar el umbral de las ofertas que incurran en presunción de anormalidad, cuando "es algo obligado de acuerdo con la ley" y "no opcional a criterio del órgano de contratación".