El Tribunal Supremo rechaza el derecho al olvido del secretario de la causa contra Miguel Hernández

La Sala desestima el recurso presentado por el hijo del funcionario contra la sentencia de la Audiencia Nacional y estima que prevalece el derecho a la libertad de información

Miguel Hernández

Miguel Hernández / FUNDACIÓN MIGUEL HERNÁNDEZ

África Prado

África Prado

El Tribunal Supremo ha rechazado el derecho al olvido del secretario judicial que instruyó el procedimiento sumarísimo contra el poeta Miguel Hernández en el que se le condenó a pena de muerte en 1940, Antonio Luis Baena Tocón, fallecido en 1998, tal y como pedía su hijo, José Francisco Baena González, quien demandó a Google para que 18 enlaces de internet dejaran de relacionarse con el nombre de su padre.

El alto tribunal ha desestimado el recurso presentado por el hijo del funcionario judicial contra la sentencia anterior de la Audiencia Nacional, que avaló la negativa de Google y de la Agencia Española de Protección de Datos a suprimir esas informaciones en las que se vinculaba el nombre del secretario judicial con el proceso que culminó con la condena al poeta.

Según la sentencia, el Supremo establece la posibilidad de extender la regulación de la protección de datos a personas fallecidas y reconocer el derecho al olvido que se contempla para las personas vivas, pero en este caso, la Sala concluye, tras ponderar los derechos en conflicto, que debe primar el derecho a la libertad de información, expresión e investigación histórica frente al derecho al olvido.

En su escrito, el recurrente alegaba que algunas referencias cuestionadas contenían datos inexactos, pero el tribunal considera que las inexactitudes no afectan a la esencia de lo informado ni a la exactitud del conjunto de la información tratada.

Para la Sala, la sentencia de la Audiencia Nacional acierta al considerar como elementos relevantes para negar el derecho al olvido, "que las informaciones revistiesen un interés público incuestionable al versar sobre la intervención del padre del recurrente, como secretario judicial del Juzgado Especial de Prensa que instruyó la causa penal contra el poeta Miguel Hernández; que la información aparecida formara parte de una investigación histórica y científica, contenida en publicaciones de la Universidad; y que el transcurso del tiempo no hubiese hecho decaer el interés que suscita todo lo que rodea a la muerte del famoso poeta".

El tribunal concluye que la Audiencia Nacional aplicó correctamente tanto la legislación como la jurisprudencia existente.

Antecedentes

La polémica se remonta al 5 de mayo de 2019, cuando el catedrático de Literatura Española de la Universidad de Alicante Juan Antonio Ríos Carratalá recibió la petición de José Francisco Baena de que suprimiera los datos personales de su padre de varios enlaces que dirigían a un artículo de investigación sobre el proceso judicial de Miguel Hernández. En un primer momento, el departamento de Protección de Datos dio la razón al peticionario para que se borrase el nombre, pero el investigador presentó un recurso de alzada y el rector ordenó revocar la decisión.

En septiembre de 2021, fue el juzgado número 3 de Alicante el que respaldó la decisión de la UA y desestimó la demanda por derecho al olvido de su hijo, como ratificó la Audiencia Nacional con los enlaces en internet y ahora el Supremo.

Ríos Carratalá

Ríos Carratalá manifestó ayer estar "muy contento" con la resolución del Supremo, que consideró una "muy buena noticia después de cinco años" de proceso judicial. "Si hubiera salido una sentencia en sentido contrario, hubiese sido algo muy preocupante para todos los historiadores. El derecho al honor y al olvido digital debe ser ponderado con el derecho a la libertad de expresión e investigación. Y esto para los historiadores es algo fundamental".

Juan Antonio Ríos Carratalá

Juan Antonio Ríos Carratalá / INFORMACIÓN

El profesor de la UA, no obstante, recuerda que aún está pendiente una demanda que el hijo del secretario judicial interpuso a más de un centenar de personas y entidades, incluido este diario y otros nacionales, por haberse hecho eco de los estudios de Ríos Carratalá. La demanda, en la que Baena Tocón reclama más de once millones por intromisión al honor de su padre, está abierta en el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Cádiz y el pasado mes de febrero se iniciaron las vistas previas.

"La sentencia del Supremo condiciona mucho el futuro de esta demanda y la presentaremos con confianza de que esto termine", apunta el profesor alicantino, que considera "desagradable" esta situación, ya que este hombre "lleva años insultándome y difamándome".