¿Vives de alquiler? Esto te interesa: lo que ya no podrán cobrarte con la nueva Ley de Vivienda

El nuevo texto se publicó en el BOE en mayo así que ya puedes beneficiarte de las novedades

Cambio radical: este es el aviso del Gobierno para los que pagan un alquiler

PI STUDIO

La nueva Ley por el Derecho a la Vivienda se publicó en el BOE en mayo de este año y se trata de una de las reformas recogidas en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Según la web de La Moncloa, el texto recoge "medidas para aumentar la oferta de vivienda a precios asequibles, evitar que se den situaciones de tensión en el mercado del alquiler y apoyar a jóvenes y colectivos vulnerables en el acceso a la vivienda" y "frece a comunidades autónomas y municipios diferentes herramientas que contribuirán a contener o reducir el precio del alquiler y a aumentar el parque de vivienda en alquiler social"

Esta norma, una de las más polémicas de los últimos años, se ha saldado con un pacto para fijar el tope del precio del alquiler al 3% revisable al 2025. Además, también fija en cinco las viviendas que debe tener una persona física o jurídica en propiedad para considerarse gran tenedor.

El gran cambio que llega con la Ley de Vivienda para las personas que viven de alquiler

Cualquier persona que se haya enfrentado a un alquiler sabe que hay varios gastos que dificultan mucho el acceso a la primera vivienda: por un lado está la fianza que, según el tipo de contrato, puede llegar a ascender a más de un mes. Además, en muchas ocasiones nos encontramos que los portales inmobiliarios también con un gasto o comisión que, hasta ahora, el inquilino debía pagar a la agencia que gestionaba la operación.

Ahora, según el comunicado por los grupos parlamentarios, han señalado que "los gastos y honorarios producidos por el alquiler de un inmueble correrán siempre a cargo del propietario".

Esto quiere decir que, a partir de la entrada en vigor de la nueva ley, serán los arrendatario o caseros quienes tendrán que hacer frente a la tarifa de la agencia que se paga cuando se alquila la vivienda. De esta forma "se termina con los abusivos gastos y honorarios inmobiliarios que impiden a muchas personas, especialmente a los y las jóvenes, acceder a una vivienda por el desembolso inicial que supone. El servicio inmobiliario se presta al propietario, y por tanto será este el que deba asumir los gastos que dicho servicio genere".

La Ley 12/2023 de 24 de mayo por el derecho a la vivienda se publica en el BOE

Este jueves 25 de mayo se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Ley 12/2023 de 24 de mayo por el derecho a la vivienda por lo que a partir del día 26 será ilegal que las inmobiliarias cobren ningún gasto de gestión al inquilino y deberán repercutir estas cargas en el propietario de la vivienda. Además, las comunidades autónomas tendrán la capacidad de regular los alquileres.