Ayuda de 1.000 euros de la Seguridad Social: ¿quién puede pedirla?

Te contamos los requisitos y la documentación necesaria para acceder a esta prestación

Las familias numerosas podrán beneficiarse de esta ayuda

Las familias numerosas podrán beneficiarse de esta ayuda / shutterstock

Eneko López Rico

Eneko López Rico

La prestación económica por nacimiento o adopción de hijo en España representa una importante ayuda para familias numerosas, monoparentales y aquellas con madres o padres con discapacidad. Este beneficio, gestionado por la Seguridad Social, tiene como objetivo mitigar en parte los gastos adicionales que conlleva la llegada de un nuevo miembro a la familia.

Esta prestación se configura como un pago único destinado a compensar parcialmente el incremento de gastos que implica el nacimiento o adopción de un hijo en ciertas circunstancias familiares. Los beneficiarios incluyen a los progenitores o adoptantes en casos de familias numerosas, monoparentales, o cuando uno de los padres tenga una discapacidad igual o superior al 65%. En familias donde conviven los progenitores o adoptantes, el beneficiario puede ser cualquiera de ellos, determinado de común acuerdo o, en su defecto, la madre. Si no existe convivencia, el beneficiario será quien tenga la guarda y custodia de los hijos.

Requisitos y cuantía de la ayuda

Para acceder a esta ayuda, es necesario cumplir con ciertos requisitos:

  • Los solicitantes deben residir legalmente en España 
  • No perciban ingresos anuales, de cualquier naturaleza, superiores a los límites establecidos anualmente en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado. En los supuestos de convivencia, si la suma de los ingresos de los progenitores o adoptantes superase los límites establecidos, no se reconocerá la condición de beneficiario a ninguno de ellos.
  • No deben tener derecho a prestaciones de la misma naturaleza en otro régimen de protección social.

La prestación consiste en un pago único de 1.000 euros, siempre que los ingresos del solicitante no excedan los límites establecidos. Si los ingresos son mayores, pero no superan el total del límite más el importe de la prestación, la cantidad a pagar será la diferencia entre los ingresos percibidos y esta suma. Pueden consultarse todos los detalles en este cuadro de la web de la Seguridad Social.

Esta prestación se abona en una sola ocasión, y el plazo máximo para que la Seguridad Social emita y notifique la resolución correspondiente es de 45 días. Cabe destacar que el derecho al reconocimiento de esta ayuda prescribe a los cinco años contados desde el día siguiente al nacimiento o adopción del hijo.

Documentación necesaria

Los solicitantes deben presentar la documentación necesaria para acreditar su identidad y las circunstancias que dan derecho a la prestación. No se requerirá la acreditación de datos o circunstancias que la Administración de la Seguridad Social deba conocer por sí misma.

Las solicitudes y la documentación requerida pueden presentarse mediante la Sede Electrónica de la Seguridad Social, utilizando un certificado digital o cl@ve permanente. También es posible realizar el trámite a través de la plataforma de Solicitud y Trámites de Prestaciones de la Seguridad Social, por correo ordinario o en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS). La entidad encargada de reconocer el derecho a esta prestación es el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Compatibilidades de la ayuda

Esta prestación es compatible con las siguientes ayudas: 

  • La prestación por parto o adopción múltiples causada por el mismo sujeto. 
  • Las asignaciones económicas por hijo o menor acogido a cargo.
  • La pensión de orfandad y en favor de nietos y hermanos que, en su caso, puedan corresponder.
  • Otras ayudas económicas análogas concedidas por una Administración Local o Autonómica.
  • El subsidio especial de maternidad por parto múltiple causada por un mismo sujeto.

Esta prestación económica por nacimiento o adopción representa un apoyo significativo para familias en situaciones específicas, facilitando de alguna manera la adaptación a los nuevos gastos que implica la llegada de un hijo. Su enfoque inclusivo y la flexibilidad en el proceso de solicitud evidencian un compromiso por parte de la Seguridad Social para atender a las necesidades de distintos tipos de familias en España.