Bono alquiler joven: 250 euros al mes si cumples estos requisitos

Infórmate sobre cómo y dónde solicitar esta ayuda

Bono alquiler joven para menores de 35 años

Bono alquiler joven para menores de 35 años / shutterstock

Eneko López Rico

Eneko López Rico

A principios del año 2022 el Gobierno aprobó el bono de alquiler para jóvenes de hasta 35 años. Los jóvenes en nuestro país tienen verdaderos problemas para acceder al alquiler de una vivienda. En primer lugar, el precio suele ser un escollo insalvable para ellos ya que muchos cuentan con contratos temporales, salarios bajos o falta de estabilidad en sus empleos. Así pues, no cumplen con los requisitos de un arrendatario para alquilar su vivienda.

Por ello, la escasez de viviendas en alquiler a precios asequibles en muchas zonas, especialmente en las grandes ciudades, hace que los jóvenes alarguen la estancia en casa de sus padres.

Por todo ello nace el Bono alquiler joven. El objetivo de esta ayuda es facilitar el acceso a la vivienda de los jóvenes en todo el territorio nacional. Es por ello que se ofrece una línea de ayudas que cubra el seguro de impago a través de Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025.

Tal y como explica la página web de La Moncloa, el Gobierno ha establecido los criterios para que jóvenes menores de 35 años puedan acceder al subsidio de alquiler, que también cubre habitaciones.

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Los jóvenes tienen problemas a la hora de acceder a una vivienda de alquiler / INFORMACIÓN

Los jóvenes que quieran acceder a estas ayudas no deben tener ingresos que superen tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Aquí te explicamos en qué consiste. Además, la vivienda alquilada debe ser considerada como habitual y permanente, y una renta máxima que no exceda los 600 euros/mes “sin perjuicio de que pueda ascender a los 900 euros/mes en algunos supuestos acordados en la Comisión de seguimiento formada por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la comunidad autónoma correspondiente”, explica el texto.

Para alquileres individuales de habitaciones, el precio no debe superar los 300 euros, aunque puede incrementarse a 450 euros si la Comisión de seguimiento lo determina.

La ayuda consiste en 250 euros mensuales por un periodo de dos años. Esta cantidad puede ser complementada con otras ayudas del Plan Estatal de Vivienda o las de las comunidades autónomas. Del mismo modo, se informa de que este subsidio es compatible con las ayudas no contributivas de la Seguridad Social y el Ingreso Mínimo Vital (IMV).

Requisitos para acceder a la ayuda de 250 euros al mes

Aquellos jóvenes que quieran beneficiarse del bono joven deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener entre 18 y 35 años
  • Acreditar rentas de trabajo
  • Que los ingresos anuales sean, con carácter general, inferiores a 3 veces el IPREM, aunque siempre hay que tener en cuenta lo que concrete la comunidad autónoma en la que se va a solicitar

Además,s las comunidades autónomas podrán aportar hasta el 40% de la renta de alquiler en función de los siguientes criterios: 

  • Número de personas de la unidad de convivencia
  • Ingresos de la unidad de convivencia
  • Tensión del mercado de alquiler en el municipio o entorno
  • Personas con discapacidad

Si pinchas sobre el mapa podrás ver las diferentes webs que regulan este bono por cada una de las comunidades autónomas.

Preguntas frecuentes sobre el Bono alquiler joven

En la web del Ministerio se recogen gran cantidad de preguntas frecuentes sobre este tema, pero aquí hemos recopilado las más frecuentes:

  • ¿Dónde puedo solicitar el Bono alquiler joven? Hay que dirigirse a la comunidad autónoma donde se ubique la vivienda a arrendar. Son estas administraciones las que publicarán las convocatorias de ayudas.
  • ¿Qué plazo tengo? El que establezca cada comunidad autónoma.
  • ¿Se aplica en todo el territorio nacional? No, a excepción del País Vasco y Navarra que tienen sus propios programas de ayudas.
  • ¿Hay posibilidad de prorrogar el bono? No, la ayuda se percibe durante 24 meses y no es posible la prórroga.
  • ¿Cómo se acredita la condición de vivienda habitual y permanente? Con el certificado o volante de empadronamiento. No es suficiente con contratos tipo el del servicio telefónico.