Audiencia

Tercera condena consecutiva para el exalcalde de Bigastro, que suma 11 años de cárcel en menos de una semana

La sección VII le condena a cuatro años y seis meses de prisión por malversación de caudales por quedarse 312.000 euros puestos como aval por un promotor para el sector D12

El exalcalde Moya (d) y su abogado, Jaime Peris, esta semana en Elche

El exalcalde Moya (d) y su abogado, Jaime Peris, esta semana en Elche / Áxel Álvarez

M. Alarcón

M. Alarcón

Esta semana se ha dictado una tercera condena por parte de la sección VII de Elche para el exalcalde socialista de Bigastro, José Joaquín Moya. Si el martes se conocía que deberá cumplir cuatro años y medio de prisión por apropiarse de 127.000 euros de la venta de suelo público en el sector D12, lo que aún puede recurrir ante el Supremo; y este jueves aceptó, tras un acuerdo con la Fiscalía Anticorrupción, otros 27 meses de prisión, también por malversación de caudales públicos. Ahora se ha sabido que tendrá que cumplir otros cuatro años, seis meses y un día de cárcel por un delito de malversación y otros cuatro años de inhabilitación por prevaricación administrativa. Este último fallo, también en relación con el sector urbanístico D12 se refiere a los 312.000 euros del aval que entregó la promotora para quedarse el aprovechamiento del 10% suelo de dicho sector, tasado en 1,5 millones de euros.

Además, contra José Joaquín Moya recayó en noviembre pasado otra sentencia que ya es firme, porque fue confirmada por el Tribunal Supremo, de cuatro años de cárcel también por prevaricación. En total, algo más de 15 años de cárcel en poco más de dos meses para el que fuera entre 1983 y 2008 quizá el más importante de los regidores que ha tenido el PSOE en la comarca de la Vega Baja durante la democracia. Todas las condenas dictadas contra el regidor también lo han sido contra el que fuera su secretario entre 1999 y 2011, aunque minoradas en años de cárcel. Años después de dejar el cargo Moya, el nuevo equipo de gobierno llegó a declarar la bancarrota y pedir la ayuda del Gobierno para el pago de nóminas del personal, por ejemplo, porque las arcas estaban "caninas".

El exalcalde Moya (d) y su abogado, Jaime Peris, esta semana en Elche

El exalcalde Moya (d) y su abogado, Jaime Peris, esta semana en Elche / Áxel Álvarez

Convenio urbanístico

La sentencia se refiere a los pagos como avales por otra aprobación del sector D12 a cargo de la mercantil Giesco, que debía elaborar el programa y anteproyecto de urbanización en 2005. En noviembre de ese año la empresa presentó un convenio urbanístico que incluía la adquisición del 10% de la cesión municipal obligatoria, un aprovechamiento que se cifró en 1,5 millones por el cual la mercantil presentó un calendario de pagos a razón de 300.000 euros hasta 2006, con un pago final de 600.000 euros en diciembre de ese año. En julio de 2006 el pleno aprobó que la empresa debía "asegurar la ejecución y cumplimientos de dicho programa", prestando un aval de 382.269,05 euros para llevarlo a efecto.

Dice la sentencia que en agosto de 2005, Giesco entregó a Moya, "en su condición de alcalde" 300.000 euros, de lo que se emitió carta de pago, "a cuenta de esa cesión de derechos" que el pleno aprobaría al año siguiente, en 2006. Se da la circunstancia que años más tarde, siempre según el relato de la sentencia, después de que el proyecto se fuera al traste en 2012, el Ayuntamiento certificó que de esos 300.000 euros, 138.000 euros fueron abonados a través de un pagaré y el resto, 162.000 euros, entregados en efectivo, aunque "no constan contabilizadas en las cuentas municipales ni fueron ingresadas en las arcas municipales, no siendo tampoco destinadas a fines o necesidades públicas".

Abono

Meses más tarde, ya en 2006 la mercantil realizó otros aportes en cuentas municipales antes de la aprobación definitiva que tuvo lugar en julio de 2006. Por una parte, 150.000 euros en diciembre de 2005, de los que se emitió "carta de pago", que el último día de ese año fue "borrada o anulada". Se dice en los hechos probados que posteriormente se comprobó que "dicho importe fue abonado por un pagaré, que luego se reveló que había sido cobrado en una cuenta titularidad de una mercantil de asfaltos, con la que a esa fechas el Ayuntamiento tenía pendiente de abono obras ejecutadas por la mercantil, por lo que no puede descartarse que dicha cantidad fuera destinada al pago de dichas obras". Otros 150.000 euros se pagaron en marzo y otros tantos en julio, mes en el que se aprobó el PAI del D12. La empresa, siguiendo lo estipulado, pagó otros 150.000 euros en agosto y 130.000 euros más en diciembre. Cuatro años más tarde, en 2010, el representante de Giesco recordó al Ayuntamiento que ya había abonado 1.030.000 euros de los 1.502.530 euros pactados.

Al no haberse ejecutado el proyecto (Moya no era ni alcalde) solicitó la devolución, aunque tuvo que acudir al juzgado para ello. Aunque todo ello parece legal, dice el fallo que el alcalde, "se apartó del procedimiento previsto por la ley, anticipando la condición de urbanizador a Giesco y enejenándole directamente el 10% del aprovechamiento urbanístico sin que existiera ningún control y/o fiscalización sobre dicho precio ni procedimiento a seguir, que en todo caso, debería haber asegurado la concurrencia pública sin que llegara a firmarse el convenio ni se prestara el aval correspondiente". Da por sentando que el regidor, "con ánimo de lucro, se apoderó de 162.000 euros pagados en efectivos en agosto de 2005 y de 150.000 euros pagados en efectivos en agosto de 2006, y ello a pesar de que por su cargo, debía asegurarse de que el dinero era ingresado en las arcas municipales y destinado a fines o necesidades públicas".

Un momento del juicio esta semana al exalcalde de Bigastro

Un momento del juicio esta semana al exalcalde de Bigastro / Áxel Álvarez

Secretario

La responsabilidad que de todo ello se deriva en el secretario se debe a que "no emitió ningún informe ni formuló ninguna objeción, a pesar de que aceptar dichos pagos suponía actuar apartándose del procedimiento previsto en la ley, ni realizó ningún informe en orden a fiscalizar el precio ofrecido en dicha operación, ni del procedimiento a seguir, que en todo caso, debía asegurar la concurrencia pública, y sin que llegara a firmarse el convenio ni se prestara el aval correspondiente. Además, teniendo conocimiento de los pagos efectuados por Giesco, consintió que (el alcalde) se apoderara de las cantidades antes expresada, y expresamente, la correspondiente a la carta de pago de 4 de agosto de 2006, en la que firmó como interventor a pesar de que, por razón de su cargo, tenía obligación de asegurar que el dinero percibido fuera a las arcas públicas, y destinado a fines o necesidades públicas".

Seis años más tarde, en 2012, cuando ya ni Moya era alcalde (había dejado el cargo tras su detención en octubre de 2008) el pleno echó al traste el proyecto.