Una sentencia ha eximido a la empresa Ortiz e Hijos de devolver 1,2 millones de euros al Ayuntamiento de Alcoy por las obras de remodelación del Teatro Calderón. El fallo considera que el asunto ya ha prescrito, sin entrar a valorar los sobrecostes que figuran en sendos informes periciales, uno de ellos judicial. El gobierno municipal ha mostrado su decepción por el desenlace del contencioso, al tiempo que estudia otras posibles vías para seguir solicitando el reintegro de esta cantidad.

Los gobiernos del PP de Miguel Peralta y Jorge Sedano impulsaron la reforma y ampliación del Teatro Calderón, obra que fue adjudicada en 2001 por 1,6 millones de que, sin embargo, incluiría tres fases y acabaría costando 12 millones. La inauguración tuvo lugar en mayo de 2007 y año y medio después, el 22 de diciembre de 2008, la junta de gobierno presidida por Sedano acordaba el pago de 2.140.000 euros por excesoso de obra, en base a dos certificaciones que fueron presentadas en marzo de 2009 y diciembre de 2010.

Esta cantidad suscitó sospechas en el gobierno municipal que sucedió al PP, motivo por el que se encargó una prueba pericial que llegaba a la conclusión de que 1.245.000 euros no tendrían que haberse abonado, bien porque los trabajos no se ejecutaron o ya estaban incluidos en el conjunto de la obras. En el informe se detectaron cuatro tipo de irregularidades: obras pagadas por encima del valor de mercado, partidas pagadas dos veces, excesos de mediciones y obras que directamente no se habían ejecutado.

Con todo ello, el ejecutivo decidió plantear un contencioso con el objetivo de anular las certificaciones aprobadas en su momento por la junta de gobierno y que Ortiz e Hijos devolviera los 1,2 millones de euros. En ese contexto, un perito judicial realizaba un nuevo informe que también recogía las irregularidades y el exceso de pago, aunque rebajaba la cifra a 1.070.000 euros.

Sin embargo, la sentencia, según informaba ayer la concejal de Régimen Jurídico, Lorena Zamorano, ha sido contraria a los intereses municipales. El fallo exime a la empresa constructora de devolver el dinero sobre la base de el asunto ha prescrito debido a que ya han transcurrido más de cuatro años desde el acto administrativo en el que se aprobó el pago. El juez considera, además, que las certificaciones posteriores son actos accesorios sin identidad jurídica propia.

Zamorano mostraba su decepción, indicando que «la sentencia no valora el fondo del asunto y nos quedamos con la sensación de que Ortiz no va a devolver el dinero pese a que teníamos razón en nuestros argumentos». Con todo, el Ayuntamiento estudia otras vías, como la civil, para seguir solicitando la devolución.