Menos de mil hombres pensionistas cobran el complemento de “maternidad" en Alicante

Los sindicatos UGT y CC OO indican que «es normal» que haya más mujeres que perciben esta prestación ya que, en la mayoría de los casos, son ellas las que interrumpen su vida profesional por el cuidado de los hijos

Varios pensionistas en un parque

Varios pensionistas en un parque / INFORMACIÓN

Lydia Ferrándiz

Lydia Ferrándiz

El "complemento por brecha de género" a la pensión de jubilación llega a menos hombres que mujeres en la provincia de Alicante. La prestación, creada por el gobierno de Mariano Rajoy en 2016 y modificada por el actual ejecutivo en el año 2021, se creó con el objetivo de compensar a las mujeres jubiladas por la "brecha salarial" en sus cotizaciones y una sentencia judicial determinó que también podía ser cobrada por los hombres, tras contemplar el fallo que limitar el acceso por género resultaba discriminatorio.

A pesar de ello, tan solo 918 varones jubilados están percibiendo este complemento en la provincia, frente a las 12.794 mujeres que sí lo hacen. Se trata de una ayuda que, si bien no es la más significativa, sí que supone un ingreso adicional a la pensión cuyo valor medio roza los 70 euros mensuales para aquellos que la reciben, según los últimos datos facilitados por la Seguridad Social en el mes de febrero.

El desconocimiento que existe en torno a esta prestación es uno de los factores que influyen en el bajo número de varones receptores de este complemento. Debido al gran vacío legal que existió en su regulación entre 2016 y 2021, los beneficiarios que no tuvieron acceso a ella en el momento de su jubilación deben solicitarla a la Seguridad Social de forma expresa, con el derecho a cobrarlo además con los atrasos correspondientes, lo que puede suponer que haya algunos casos en los que esta implique un cobro inicial de algunos miles de euros.

Sin embargo, hay algunas condiciones para poder obtener esta prestación. Quedan excluidos de la misma aquellas personas que se hayan jubilado de forma parcial o anticipada, incluso aunque solo se hayan adelantado unos meses a la fecha correspondiente, y en una pareja solo podrá percibirla uno de los dos progenitores.

Además, dado que el plazo para solicitarla es de cinco años desde el momento de la jubilación, en este momento solo pueden pedirla de forma retroactiva aquellos hombres que se jubilaron a partir de marzo de 2018 y hasta enero de 2021.

Desde los sindicatos UGT y CC OO recuerdan, que aunque queden hombres que aún no la hayan solicitado, es "normal" que la mayoría de prestaciones de este tipo vayan destinadas a mujeres ya, que en mayor medida, son estas las que suelen frenar su carrera profesional para hacerse cargo del cuidado de hijos o familiares.

La brecha salarial

"La mayoría de las veces somos las mujeres las que interrumpimos nuestra vida profesional para dedicarnos al cuidado y a la crianza de nuestros hijos", asegura Arancha Luque, secretaria de Mujeres e Igualdad en CC OO Alicante. Luque indica que, aunque hay desconocimiento entre los hombres a la hora de cobrar esta prestación, "es lógico" que en la provincia haya más mujeres que la perciben ya que son ellas las que en mayor medida han sacrificado su carrera profesional para sacar adelante a su familia.

El complemento es una "respuesta a la necesidad real de muchas mujeres", destaca Yaissel Sánchez, secretaria general de UGT en Alicante. "Son nuestras madres y nuestras abuelas las que mayoritariamente han asumido el cuidado posterior de los hijos e hijas, las que han apartado sus trabajos más allá de los permisos y eso es lo que ha provocado que algunas ocasiones nunca hayan vuelto al mercado laboral o que lo hayan hecho optado por medias jornadas o por jornadas de muy pocas horas", destaca Sánchez.

Una pareja de pensionistas en un banco de Plaza América este verano.

Una pareja de pensionistas en un banco de Plaza América este verano. / Jose Navarro

"Las mujeres que se están jubilando ahora, o que llevan ya varios años jubiladas son las que más han vivido la circunstancia de tener que dejar a un lado su trabajo, interrumpiendo así sus cotizaciones, para cuidar a sus hijos mientras sus maridos eran los que podían permitirse ascender, crecer de forma profesional y por eso son ellos los que tienen mejores cotizaciones y unas pensiones más altas que las de muchas mujeres", añade Luque.

Ambas coinciden en que con sueldos más bajos, empleos más precarios y carreras de cotización más cortas, es normal que ellas sean las mayores beneficiarias de este complemento, aunque indican que este "no ataja el problema de la brecha de género en las pensiones por completo".

Según el último informe elaborado por CC OO, en la Encuesta anual de estructura salarial de 2020 (EES), publicado el pasado mes de febrero, la brecha salarial de género en la Comunidad Valenciana fue del 20,1%. Es decir, la ganancia media de las mujeres, 20.166 euros, es 5.073 euros inferior a la de los hombres, 25.239 euros. Así lo reflejan también las cifras del desempleo, que evidencian que la provincia de Alicante tiene un 55% más de mujeres en el paro que hombres, concretamente 85.376 frente a 55.280, lo que se sitúa por encima de la media española. 

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Para recibir el complemento por "brecha salarial" solo hay que acreditar ser madre o padre de entre uno y cuatro hijos y ser beneficiarios de una pensión contributiva. Además, la persona que lo solicite deberá tener en cuenta que la prestación solo la puede percibir un progenitor por familia. En el caso de que los progenitores sean dos mujeres, se le reconocerá la prestación a aquella que perciba la pensión más reducida.

A los hombres se les concederá en el caso de hijos o hijas nacidos o adoptados hasta el 31 de diciembre de 1994, si tienen más de ciento veinte días sin cotizar entre los nueve meses anteriores al nacimiento y los tres años posteriores a dicha fecha o, en caso de adopción, entre la fecha de la resolución judicial por la que se constituya y los tres años siguientes, siempre que la suma de las cuantías sea inferior a la que le corresponda a la mujer.

También queda reflejado en el caso de tener hijos o hijas nacidos o adoptados desde el 1 de enero de 1995, donde la suma de las bases de cotización de los veinticuatro meses siguientes al del nacimiento o al de la resolución judicial por la que se constituya la adopción sea inferior, en más de un 15%, a la de los veinticuatro meses inmediatamente anteriores.