EDUCACIÓN

Ser nieto de antiguo alumno, tener trabajo o haber nacido en el pueblo da punto extra para entrar en colegios de la Vega Baja

Los consejos escolares han decidido incluir factores llamativos a la hora de decidir su criterio específico en el proceso de baremación, aunque solo supone un punto extra entre los más de 50 en juego

El distrito único deja la proximidad a los centros escogidos por los padres como un criterio más, aunque muy relevante, en la valoración de la elección de centro

Acceso a un centro de secundaria en el inicio de curso escolar, en una imagen de archivo

Acceso a un centro de secundaria en el inicio de curso escolar, en una imagen de archivo / Áxel Álvarez

D. Pamies

D. Pamies

La recuperación del distrito único el próximo curso da libertad a los padres para elegir el centro según criterios académicos, calidad de la enseñanza, proyecto educativo o ideario y no por la proximidad al domicilio de residencia. Es lo que asegura la Generalitat y lo que ha animado la inventiva de los consejos escolares de los colegios e institutos más demandados de la Vega Baja para que el punto extra de baremación que ahora puede decidir el propio centro en el proceso de admisión de matrículas pueda ser el decisivo en el caso de sobredemanda de plazas. Solo un punto entre los más de 50 que entran en juego en ese proceso puede ser el determinante.

El catálogo de posibilidades

Ser nieto de un antiguo alumno cuenta en un colegio del centro de Torrevieja. También ser familia en segundo o tercer grado de consanguineidad de un alumno que ya esté matriculado, de un trabajador o incluso de un religioso en los colegios privados concertados. Estar en paro es tenido como punto a favor en algunos centros pero al contrario, y aunque puede resultar extraño, que los padres cuenten con actividad laboral remunerada y contrato de trabajo se lleva el punto en once colegios del Bajo Segura. Acreditar que se es autóctono del municipio -como hace el único colegio de Benijófar- también cuenta.

La Generalitat en principio ha admitido todos esos criterios sin entender que tengan un sesgo discriminatorio cuando el proceso de presentación de solicitudes comienza esta semana en Infantil y Primaria y el 4 de junio en secundaria. Aunque todavía está a tiempo de revisarlos.

Pasillos de un colegio de Infantil y Primaria Público de la provincia de Alicante

Pasillos de un colegio de Infantil y Primaria Público de la provincia de Alicante / Áxel Álvarez

Mejor no dar el punto

La mayor parte de los consejos escolares de centros educativos, los que tienen la competencia de incorporar ese punto que puede ser decisivo para inclinar la balanza en caso de empate y admitir -o excluir- una solicitud, ha preferido no complicarse y no hacer uso de esa posibilidad.

Otros, sin embargo, han optado por incorporar factores para otorgarlo que forman parte de la lógica del funcionamiento de cualquier centro educativo y que, en algunos casos, se solapan a los ya valorados entre los propios criterios generales de la Generalitat: Como el tener hermanos o hermanas en el centro o ser hijo de trabajador del colegio o instituto o la proximidad al domicilio, un factor que cuenta mucho más de lo que pudiera parecer pese a instaurarse el distrito único ya que supone hasta 10 puntos en los criterios generales de la Generalitat-.

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También suma la condición de antiguo alumno, de alguno de sus padres, madres o tutores o que el solicitante haya escogido el centro como primera opción. Centros de secundaria como los dos de Callosa de Segura y el IES Espeñetas de Orihuela valoran el expediente académico para optar a las plazas de bachillerato. En los Institutos también es frecuente el criterio específico para deportistas de élite o el de simultanear enseñanzas profesionales de música y danza.

El despliegue de opciones de muchos centros educativos llama especialmente la atención porque supone en la práctica un factor de filtrado selectivo en el que se puede interpretar que la igualdad no es la prioridad. Se intenta hacer de contrapeso a los criterios de baremación generales de la Conselleria de Educación, que valoran con un porcentaje muy elevado sobre el cómputo final el nivel de renta, ser destinatario de la renta de inclusión o formar parte de una familia numerosa o monoparental.

La actividad laboral remunerada

Una de las más singulares, incluida en dos colegios de Infantil y Primaria de Orihuela, otro de Torrevieja, tres de Almoradí, dos de Albatera, dos de Callosa de Segura y uno de Dolores, puntúa que los padres, madres o tutores legales de los alumnos "realicen una actividad laboral o profesional remunerada". Solo alguno de ellos matiza que deben ser "ambos". Circunstancia que deben acreditar con detalle: el solicitante deberá demostrar con un contrato de trabajo o declaración censal de alta, modificación y baja, con inicio desde al menos 3 meses ininterrumpidos antes de la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes y con una jornada de al menos 20 horas semanales. Se concede el punto de preferencia a familias económicamente estables frente a sectores de población que trabajan pero no pueden demostrarlo con un contrato de trabajo y que cumple con mayor frecuencia otros criterios como el de renta, proximidad o familia numerosa.

Pasillo de un centro educativo público de la provincia de Alicante

Pasillo de un centro educativo público de la provincia de Alicante / Pilar Cortés

Algo que contrasta, por ejemplo con el que ha incorporado el Colegio Público San José de Calasanz de Bigastro y la Escuela Infantil La Paz que precisamente valoran en las solicitudes que los padres estén en situación de paro.

En Callosa de Segura otros dos centros docentes, además de premiar con un punto en la baremación las solicitudes de padres que tengan contrato de trabajo, lo hace con que el alumno pertenezca a una familia no numerosa ni monoparental, en la que tenga un único hermano o hermana en el centro educativo. Algo que también aplica el Colegio Trinitario Seva de Rafal. Para contrarrestar los 3 puntos que como mínimo se conceden a familias monoparentales y numerosas en la baremación general.

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Nativos

El Consejo Escolar del único Colegio Público de Benijófar, el San Jaime, donde las plazas como en tantos otros de la primera y segunda línea de costa de la Vega Baja escasean, no se anda con rodeos y valorará en su punto extra: ''Ser nacido o nacida en la localidad'', lo que debe acreditar el propio centro. Bastante menos restrictivo en la condición autóctona del alumnado es el Colegio Gloria Fuertes de San Miguel de Salinas, que valora que el solicitante sume un mínimo de tres años empadronado en el municipio tres años.

El primogénito

En el Colegio Josefina Manresa de Orihuela puntúa que el alumno o alumna solicitante sea primogénito, "ser el primer hijo escolarizado", en definitiva. El Colegio Cuba de Torrevieja, uno de los dos únicos que todavía funcionan en su casco urbano va más allá: se lleva el punto el solicitante cuya abuela o abuelo fuera antiguo alumno, además de ser familiar de un padre o hermano antiguo alumno, previa acreditación por el propio centro o mediante libro de escolaridad. El otro colegio del casco urbano, "el Inmaculada", favorece que el solicitante tenga familia en el colegio "hasta el segundo grado de consanguineidad".

Criterios del Colegio Público San Roque para otorgar el punto extra en el proceso de baremación

Criterios del Colegio Público San Roque para otorgar el punto extra en el proceso de baremación / INFORMACIÓN

Con el mapa de Orihuela, por delante

Apartado especial supone el oriolano Colegio Público Miguel Hernández que ha hilado tan fino que para explicar su criterio específico se extiende en el lenguaje burocrático. Dice que "para facilitar la conciliación de las familias con el centro más cercano a su domicilio" otorga un "punto adicional" al alumnado que esté incluido en el área de proximidad que determina el centro.

A continuación desglosa una detallada geografía del casco urbano de la ciudad -más propia de una oposición a Policía Local-, con términos como Margen Derecha del Río, los distritos en los que se divide el centro, con nombres de las calles incluidas que los delimita, y por si hay dudas -que seguro que las hay- "mapa que proporcionará el centro". Para probar que se reside en ese ámbito de cercanía los requisitos también entran en matices como acreditar el depósito de una fianza si se vive de alquiler, o la justificación del domicilio laboral con un certificado emitido por la empresa.

Escolares camino del colegio

Escolares camino del colegio / INFORMACIÓN

Algo parecido hace el Colegio María Moliner de Pilar de la Horadada sin complicarse tanto: sumará el punto de gracia a los solicitantes que residan o trabajen sus padres a 1,5 km a la redonda del centro y lo acrediten.

El capítulo de colegios religiosos privados como el "Jesús María" y "Jesús María San Isidro" valoran que el solicitante sea familiar hasta un tercer grado de consanguineidad de cualquier trabajador o "religiosa del centro". Mientras que el Colegio Privado San José Obrero, fiel a su trayectoria social, otorga el punto específico a familias monoparentales, casos en que los padres del solicitante estén en paro, cuando exista la necesidad de compensación de desigualdades o necesidades específicas de apoyo educativo del alumno.

CRITERIOS DE BAREMACIÓN DE LA GENERALITAT (*)

Proximidad del domicilio

• 10 puntos para el alumnado cuyo domicilio familiar se encuentre en el área de influencia del centro;

• 5 si el domicilio se encuentra en las áreas limítrofes al área de influencia del centro.

• En cuanto a la distancia del domicilio laboral al centro docente, serán 7 puntos si está en el área de influencia y 3 en áreas limítrofes.

Casos de padres separados

Cuando los padres vivan en domicilios distintos, se considerará como domicilio familiar del alumnado el de la persona que tenga atribuida la custodia legal del mismo. En los casos en los que se haya acordado la custodia compartida del alumnado, se valorará el domicilio en el que esté empadronado.

15 puntos por hermanos

En cuanto a los hermanos, se adjudicarán 15 puntos por cada uno de los que estén matriculados en el centro solicitado. Igualmente, se asignará esa puntuación si en la unidad familiar residente en el mismo domicilio existe alumnado en situación de acogimiento familiar o en guarda.

Tendrán la consideración de hermanos las personas que, no compartiendo progenitores, residan en el mismo domicilio y formen parte de la misma unidad familiar, existiendo entre los progenitores de ambos vínculo matrimonial o unión de hecho formalizada legalmente.

Padres que trabajan en el centro educativo

Además, si uno o ambos padres del menor solicitante trabajan en el centro, se valorará con 7 puntos.

Renta Valenciana de Inclusión

El borrador también contempla 4 puntos para personas destinatarias de la renta valenciana de inclusión y para la valoración de la renta per cápita de la unidad familiar se tendrá en cuenta el Indicador Público de Renta a Efectos Múltiples (IPREM) para dar puntos que oscilarán entre los 3,5 y los 2 puntos de acuerdo a los ingresos.

Familias numerosas y monoparentales

La condición legal de familia numerosa contará 3 puntos y la de categoría especial con 5 puntos, mientras que ser familia monoparental general se valorará con 3 puntos y la de categoría especial con 5 puntos.

Discapacidad

Se asignarán 4 puntos cuando exista una discapacidad de entre el 33% y el 64 % en el alumno o alumna. Cuando sea igual o superior al 65%, se otorgarán 7 puntos. También se atenderá a casos de discapacidad de padres y hermanos.

 (*) A la suma de estos criterios se une el punto que haya decidido otorgar cada colegio