Las pérdidas económicas que acarrearía la suspensión de las mascletás de Luceros, con daños a terceros y al tejido comercial y empresarial del eje en que se desarrollan, y la reversibilidad de los daños que el disparo de la pirotecnia pudiera producir en la fuente son dos de los argumentos principales que figuran en el escrito de alegaciones que el Ayuntamiento de Alicante ha presentado ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Alicante a la pieza de medidas cautelares abierta por la autoridad judicial tras solicitar una plataforma de defensa del patrimonio la suspensión del concurso en el entorno del monumento, Bien de Relevancia Local y restaurado hace unos meses con una inversión de 300.000 euros.

Además, el bipartito pide una garantía de 5 millones de euros a los demandantes para cubrir posibles daños derivados de eventuales reclamaciones patrimoniales derivadas de la cancelación del concurso.

Los servicios jurídicos han presentado las alegaciones a primera hora de esta mañana para que el juez se pronuncie antes de que empiece el concurso de mascletás: tiene 5 días para hacerlo. El alcalde quiere contar con el aval judicial para celebrar los espectáculos de pólvora dado que, si se agotaba el plazo inicial de diez días hábiles y se disparaba desde Luceros sin sustanciarse la pieza de cautelares abierta por el juez, es decir, mientras se está debatiendo, se podría incurrir en un delito de prevaricación.

El escrito, de 19 páginas, concluye con una petición de garantía de cinco millones de euros a los demandantes para cubrir reclamaciones por la cancelación del concurso. Entre los argumentos, se indica que los posibles daños que las mascletás pueden producir en la fuente son "reversibles, restaurables" pero eliminar las mascletás no. "El traslado de las mascletás y su concurso supondría la eliminación absoluta de ese elemento configurador del bien inmaterial protegido", se apunta. En las alegaciones se equipara el valor patrimonial de la fuente y de las Hogueras como Bien Cultural Inmaterial y dentro de ellas las mascletás.

Parte esencial de ese Bien Inmaterial sería la pirotecnia, "íntimamente ligada a la esencia misma de las Hogueras, ya que será la encargada de dar fuego a los monumentos que cada comisión planta en la calle (...). El acto más relevante en el que la pólvora es protagonista es el concurso de mascletades que desde 1988, tiene lugar entre el 19 y el 24 de junio en la plaza de los Luceros (....)".

Según señalan los servicios jurídicos en el escrito de alegaciones, "a la vista de esta regulación nos encontramos con que las mascletás en la plaza de los Luceros y el concurso pirotécnico vinculado a las mismas estarían, al menos, en una condición de igualdad con la propia fuente, en cuanto a su régimen de protección patrimonial.  Aunque debe ponerse de manifiesto que la consideración de Les Fogueres como patrimonio inmaterial está aprobado definitivamente (por decreto del Consell de 19 de diciembre de 2014) mientras que la fuente y la plaza están aún en vías de catalogación".

"Nos encontramos con que las mascletás en Luceros y el concurso pirotécnico vinculado a las mismas estarían, al menos, en una condición de igualdad con la propia fuente, en cuanto a su régimen de protección patrimonial"

Daños reversibles

El Ayuntamiento, por otro lado, considera que en la confrontación de ambos intereses (los elementos patrimoniales defendibles de la fuente de los Luceros y del Bien Inmaterial Fogueres d’Alacant) "los posibles daños que las mascletás pueden producir en la fuente son reversibles, restaurables, mientras que el traslado de las mascletás y su concurso supondría la eliminación absoluta de ese elemento configurador del bien inmaterial protegido".

"En definitiva, entendemos que ante la confrontación y dado que ello no supone una pérdida de los valores patrimoniales catalogados, debe primar en este caso el bien patrimonial inmaterial: las mascletás y su concurso", prosigue el bipartito.

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Protesta contra las mascletás en Luceros Alex Domínguez

"Ante la confrontación y dado que ello no supone una pérdida de los valores patrimoniales catalogados, debe primar en este caso el bien patrimonial inmaterial: las mascletás y su concurso"

Informes municipales

En las alegaciones también se hace referencia a la existencia de informes municipales que niegan la producción de daños o el peligro que para la fuente suponen las mascletás. Así, se cita el elaborado por el Departamento de Patrimonio Integral de la Concejalía de Cultura, de 18 de mayo de este año, según el cual "no existe informe alguno que que haya establecido una relación de causa-efecto indubitada entre la celebración de espectáculos pirotécnicos en el entorno inmediato de la fuente y la existencia de posibles daños estructurales o superficiales en la misma o en alguno de sus elementos".

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Ese mismo informe indica que "la fuente y todos sus elementos tienen el valor patrimonial de su diseño, y no tanto el valor patrimonial de los materiales con los que está construido", por lo que "es evidente que el Ayuntamiento deberá llevar a cabo actuaciones periódicas de conservación y mantenimiento". También recoge este estudio elaborado por un funcionario municipal que "el deterioro de los materiales (lógico y previsible por numerosas causas incluida el mero transcurso del tiempo) no disminuye el valor patrimonial del elemento, que es reparable".

"El deterioro de los materiales (lógico y previsible por numerosas causas incluida el mero transcurso del tiempo) no disminuye el valor patrimonial del elemento, que es reparable"

Las alegaciones incluye también opiniones profesionales de prestigio como la publicada por Florentino Regalado en el diario INFORMACIÓN el 7 de junio, en la que afirmaba que en su opinión, el auténtico valor de las esculturas de la fuente reside en los bocetos y los moldes que realizó Daniel Bañuls en 1930 para la misma, todo los demás resulta irrelevante. "En conclusión, queda acreditado que la existencia de las mascletás, aún cuando no fueran -que los son y se ha acreditado- elementos igualmente integrantes del Patrimonio Cultural alicantino, tampoco producen un perjuicio determinante en la fuente y por tanto no procede su suspensión".

Sin vulneración

Los servicios jurídicos municipales alegan también contra la afirmación que plantea la parte recurrente de que se produce una vulneración de la Ordenanza Municipal Reguladora del disparo de fuegos de artificio, puesto que, aunque en esta norma expresamente se prohíbe el lanzamiento en los entornos de protección de Bienes de Relevancia Local (artículo 2), la prohibición no es absoluta, pudiéndose autorizar por el Ayuntamiento en circunstancias especiales.

"Queda acreditado que la existencia de las mascletás tampoco producen un perjuicio determinante en la fuente y por tanto no procede su suspensión"

El Ayuntamiento insta al juez a tener en cuenta la repercusión económica de las mascletás en la ciudad. Para ello cita un artículo de 2016 sobre la repercusión de las Hogueras que ya fijaba que los fines de semana previos a las fiestas suponían un impacto de 2,3 y 2,7 millones de euros en la ciudad.

También se hace constar los daños a la propia organización municipal de las fiestas a escasos días de su celebración y con imposibilidad de adaptación, "debiéndose considerar aquí además la mala fe de la recurrente que, maliciosamente, ha agotado los plazos de interposición del recurso y de la medida cautelar a fin de afectar en la mayor medida a las fiestas y su desarrollo".

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Nuevo atractivo para Luceros: la fuente contará con espectáculo de agua y luz tras su restauración RAFA ARJONES

Además, se indica que la suspensión de las mascletás en el ámbito de la plaza de los Luceros supone la práctica imposibilidad, a día de hoy, del traslado a otro ámbito del municipio.

"Los establecimientos previendo el aumento de la afluencia -y más en este año tras la pandemia- ya se han preparado para las fiestas, contratando personal, realizando los debidos aprovisionamientos de mercancías"

Asimismo, se hace referencia a los daños a terceros y al tejido comercial y empresarial en el eje en el que se desarrollan las mascletás; es decir, en la avenida de la Estación, Alfonso el Sabio, y los paseos de Marvá, Gadea y Soto.

"En ese ámbito de influencia, los establecimientos previendo el aumento de la afluencia -y más en este año tras la pandemia- ya se han preparado para las fiestas, contratando personal, realizando los debidos aprovisionamientos de mercancías, los bares y restaurantes aumentando sus stocks... En el caso de que no se llevase a cabo el concurso de mascletás o se trasladase, todas esas empresas y empresarios tendrían un daño económicamente irreparable, y que, a buen seguro, intentarían paliar mediante las reclamaciones ante el Ayuntamiento de Alicante por responsabilidad patrimonial".

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Con esto hilan los servicios jurídicos su petición de que se imponga una caución (garantía) a los demandantes correspondiente a la suma de los datos ya citados del impacto económico de los dos fines de semana de mascletás previos a las Hogueras dado que no existía otra actividad festiva y extraordinaria en esas fechas que la propia mascletá, lo que alcanza una suma de 5 millones de euros "para garantizar los daños que la suspensión de las mascletás pudiera producir en el caso de que se adoptase por el juzgador la medida cautelar".